Cómo meter el alquiler en la declaración de la Renta 2023 - 24: tanto si eres arrendador como arrendatario>

Cómo incluir el alquiler en la Renta: casillas y situaciones

La deducción por alquiler a la que tienen derecho los inquilinos depende de la fecha en la que se haya firmado ese contrato.

Quienes vivan en una vivienda que alquilaron antes del año 2015 tienen derecho a una deducción estatal 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. Estas cantidades se deben consignar en las casillas 562 y 563 de la declaración de la Renta (parte estatal y parte autonómica, respectivamente) ya que se les aplica un régimen transitorio.

El resto de inquilinos deben recurrir a las deducciones autonómicas, donde los porcentajes y condicionantes son diferentes en cada una de ellas.

  • Arrendamiento de vivienda habitual para menores de 35 años o mayores de 65 años o que tengan la consideración de víctima de violencia doméstica, víctima del terrorismo con derecho a deducción del 15% con un importe máximo de 600 euros o 900 para personas con discapacidad: casilla 853

  • Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago (10% con base máxima de 4.800 euros anuales): casilla 876

  • Arrendamiento de vivienda social -deducción arrendador-: el 30% de la cuota íntegra autonómica del IRPF: casilla 877

  • Arrendamiento de la vivienda habitual (10% de las cantidades satisfechas con un máximo de 500 euros y 20% con un máximo de 1000 euros en caso de alquiler de vivienda habitual en zonas rurales de riesgo de despoblación y hasta jóvenes de 35 años): casilla 887

  • Para emancipación de jóvenes hasta 35 años (100% de los gastos que se produzcan en el ejercicio en que se lleve a cabo la emancipación con límite de 1000 euros): casilla 1849

  • Por arrendamiento de la vivienda habitual en el territorio de las Illes Balears: casilla 0907

  • Por arrendamiento de bienes inmuebles en el territorio de las Illes Balears destinados a vivienda -arrendador- (75% de los gastos satisfechos en concepto de primas de seguros de crédito que cubran total o parcialmente el impago de las rentascon máximo de 440 euros): casilla 0910

  • Alquiler de vivienda habitual (el 24% de las cantidades satisfechas con un máximo de 720€ anuales): casilla 0928

  • Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago (el 25% de las cantidades satisfechas con máximo de 1.200 euros anuales): casilla 0942

  • Gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos -arrendador- (75% de los gastos satisfechas con límite de 150 euros anuales): casilla 944

  • Arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores o personas con discapacidad (10% con límite de 300 euros en declaración individual y 600 en conjunta): casilla 946

  • Contratos de arrendamiento de viviendas situadas en zonas de Cantabria en riesgo de despoblamiento y que vayan a ser vivienda habitual (20% de las cantidades con límite de 600 en declaración individual y 1200 en conjunta): casilla 0818

  • Gastos ocasionados al trasladar la residencia habitual a una zona de Cantabria con reto demográfico por motivos laborales (500 euros): casilla 0821

  • Arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años (15% de las cantidades satisfechas con un máximo de 450€ o un 20% con un máximo de 612€ cuando se cumplan ciertos requisitos de población): casilla 0968

  • Arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago (15% con importe máximo de 450 euros): casilla 0212

  • Arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas (15% con importe máximo de 450 euros): casilla 0213

  • Arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales (15% con importe máximo de 450 euros): casilla 0228

  • Arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad (15% con importe máximo de 450 euros): casilla 0229

  • Inversión en rehabilitación de viviendas destinadas al alquiler en núcleos rurales (15% de las cantidades invertidas y la vivienda habitual se encuentre en un municipio que no exceda de los 10.000 habitantes o 3.000 habitante si dista a 30 km de la capital de provincia, y el importe del alquiler mensual no puede superar los 300 euros y máximo de 20.000 euros): casilla 980

  • Alquiler de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años (20% con máximo de 495 euros o 25% con límite de 612 euros en un municipio que no exceda de 10.000 euros): casilla 975

  • Arrendamiento de la vivienda habitual sólo para contribuyentes en determinadas situaciones desfavorecidas (10% de las cantidades satisfechas con un máximo de 300 € o de 600 € si el contribuyente pertenece a familia numerosa o monoparental): casilla 1003

  • Arrendamiento de vivienda habitual (30% de las cantidades con máximo de 1.237,20 euros aplicable a menores de 35 años y hasta 40 en caso de haber estado en paro con cargas familiares): casilla 1043

  • Gastos derivados de arrendamiento de vivienda (10% de las cantidades satisfechas con límite de 154,65 euros siempre correspondan a conceptos específicos): casilla 1116

  • Arrendamiento o pago para la cesión en uso de la vivienda habitual (20% de las cantidades con máximo de 800 euros y 25% con máximo de 950 euros si se reunen determinadas condiciones): casilla 1095

  • Arrendamiento de una vivienda como consecuencia de la realización de actividades por cuenta propia o ajena en distinto municipio (10% de las cantidades con límite de 224 euros): casilla 1097

  • Obtención de rentas derivadas del arrendamiento de vivienda iniciados durante el periodo impositivo cuya renta no supere el precio de referencia de alquileres privados -arrendador- (5% con límite de 3.300 euros): casilla 1111

  • 30% de las cantidades satisfechas por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes con 36 años o menos y con el límite de 1.000 euros anuales por contrato y año: casilla 1019

  • 30% de las cantidades satisfechas en caso de alquiler de vivienda habitual en el medio rural con límite de 1.500 euros anuales: casilla 1019

  • El 10% de las cantidades satisfechas por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes con 35 años o menos y con el límite de 300 euros anuales por contrato y año: casilla 1026

  • 20% con el límite de 600 euros anuales si se tienen dos o más hijos: casilla 1026

  • Las cuantías se duplican si el arrendatario tiene una discapacidad igual o superior al 33%

  • Arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años (10% de las cantidades satisfechas con el límite de 300 euros anuales): casilla 1165

  • Arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años en pequeños municipios (20% con límite de 400 euros): casilla 1165

  • 10% de las cantidades satisfechas por arrendamiento de vivienda habitual y con el límite máximo de deducción de 300 euros anuales para contribuyentes menores de 35 años o con discacidad del 65%: casilla 0991

Otras casillas a tener en cuenta para la deducción del alquiler son la 721 donde aparece el importe de la deducción por vivienda habitual, la 719 con las cantidades satisfechas al arrendador o las 64 y 65 con los bienes puestos a disposición de terceros.

El caso de los propietarios

Además de las deducciones estatales específicas, algunos propietarios pueden incluir en la declaración de la Renta determinados conceptos a través del Modelo 100. Los propietarios tienen que acudir al apartado de 'rendimientos del capital mobiliario'.

Los propietarios deben declarar las rentas obtenidas o las obras, servicios o tributos que realices como propietario. También se pueden deducir gastos como los de administración, comunidad, seguros, etc.