La Junta de Andalucía se opone a llevar a la Justicia Europea la «impunidad» en casos de corrupción del PSOE
El denominador común de todas estas investigaciones es que no se prorrogaron dentro del plazo que determina la Ley de Enjuiciamento Criminal (LECrim), lo que dio al traste con instrucciones en curso con decenas de antiguos altos cargos socialistas imputados por supuesta malversación de dinero público y blanqueo de capitales, entre otros delitos.
Cansado de las trabas que encuentra para perseguir la corrupción, el magistrado de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, planteó elevar una cuestión prejudicial a la Justicia Europea bajo el argumento de que el establecimiento de un sistema de plazos procesales, que hay que renovar cada cierto tiempo, «no puede generar situaciones de impunidad» que perjudiquen la protección de los intereses financieros de la Unión Europea. El juez pidió su «parecer» a las partes del proceso (defensas, acusaciones y Fiscalía Anticorrupción) sobre la «procedencia» de realizar una consulta al tribunal con sede en Luxemburgo.
Los argumentos del letrado de la Junta
La Administración autonómica, que representa los intereses de los andaluces como perjudicados por los desvíos de dinero público, se ha descolgado con un escrito firmado por su letrado José Luis Pérez Pastor en el que se opone a la iniciativa del juez instructor. El abogado de ejerce la acusación particular alega que el controvertido artículo 324 de la LECrim, que obliga a los jueces a renovar periódicamente las investigaciones complejas para evitar que se eternicen, «no contradice ninguna norma europea» porque «así lo ha querido el Legislador español», en referencia al sistema de plazos procesales introducido a través de una reforma de la citada norma en el año 2015.
El letrado autonómico despacha su respuesta al juez en un escrito de apenas un folio, consultado por ABC, en el que argumenta que el sistema de plazos procesales «no impide combatir» el fraude. Contesta así al auto de 56 páginas que el pasado 29 de mayo emitió el instructor del caso Avales II, que se centra en la «indebida concesión» de ayudas excepcionales a empresas por parte de la Agencia IDEA, dependiente de la Junta, durante la etapa del PSOE. El magistrado intenta así salvar una investigación abierta en 2014, después de que la Audiencia de Sevilla allanara el camino para archivarla porque a la anterior instructora se le pasó el plazo para renovarla en 2017, cuando tocaba.
El juez planteó elevar una cuestión prejudicial ante el tribunal europeo para reabrir causas archivadas por defectos de forma
Vilaplana alertaba de que la obligación de ir prorrogando estas instrucciones «comportaría un riesgo intrínseco de que muchos casos de corrupción (no prescritos) no puedan ser sancionados debido a la expiración de los plazos procesales». Para evitar la impunidad, planteó elevar al TJUE una o varias cuestiones prejudiciales «sobre la posible incompatibilidad del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal» con el Derecho de UE.
Una «garantía» para los investigados
En su escueto escrito de alegaciones, el letrado de la Junta —ahora gobernada por el PP— señala que el artículo de la discordia que limita los plazos de instrucción no vulnera el Derecho comunitario y que incluso es una garantía «para los justiciables».
Este abogado cree que «por seguridad jurídica» el juez debe «aquietarse» a la resolución de la Audiencia que da la razón a los investigados cuando pidieron archivar unas diligencias acordadas por Vilaplana. El juez citaba a 23 imputados por el aval irregular de 1,5 millones de euros que IDEA concedió a Tartessos Car S.L., un concesionario de vehículos de Huelva.
La causa se dirige contra dos ex directores generales de IDEA, Jacinto Cañete y Antonio Valverde, y otros cargos intermedios que integraban la comisión de valoración que validaba los avales en el citado ente público, como son Bienvenido Martínez, quien fuera director de Inversiones Estratégicas de IDEA y cuñado de la exdirectora de la Guardia Civil. Se investiga la presunta perpetración de delitos de prevaricación administrativa y malversación por la distribución de ayudas entre empresas elegidas por «la mera voluntad» de los cargos que mandaban en IDEA. El juez analiza si la figura de los avales sirvió como medio para hacer llegar de modo «ilícito» dinero público a empresas que también recibieron ayudas con cargo al fondo irregular de los ERE.
El letrado que representa a la Junta de Andalucía pidió el archivo de la trama política del caso Formación en 2016, cuando gobernaba el PSOE
La Junta, representada por el mismo letrado que pidió en 2016 el archivo de la causa sobre una presunta trama política en el fraude de las ayudas para cursos de formación en Andalucía, mantiene ante la cuestión prejudicial una postura diametralmente opuesta a la del PP andaluz, que ejerce la acusación popular, y también discrepa de la posición del Servicio Jurídico de IDEA. En cambio, Anticorrupción, que depende de las directrices que marca la Fiscalía en Madrid, se ha manifestado en contra de elevar una consulta al TJUE.
En un fundamentado escrito jurídico, el abogado de la Agencia IDEA, Gregorio Pérez Borrego, suscribe prácticamente todos los motivos que expuso el magistrado para llevar el asunto al Tribunal Europeo. Este letrado sostiene que el artículo 324 de la LECrim es incompatible con distintas disposiciones y principios comunitarios. Así, menciona la protección de los intereses financieros de la UE, la primacía del Derecho de la Unión sobre el de los Estados, los derechos a un proceso equitativo y a la tutela judicial efectiva, los principios de seguridad jurídica, así como el convenio del Tratado de la UE o la convención de la ONU, organismos que marcan como prioridad la lucha contra el fraude.