La renta de los alquileres no podrá subir más de un 3% en 2024
La renta de los alquileres no podrá subir más de un 3% el próximo año, tal y como aprobó el Gobierno en el Real Decreto del pasado marzo para dar respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania y que queda recogido en la disposición final sexta de la Ley de Vivienda.
Así, la persona arrendataria de un contrato de alquiler de vivienda habitual cuya renta deba ser actualizada porque se cumpla la correspondiente anualidad de vigencia de dicho contrato, podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta. Sin embargo, exista o no acuerdo entre ambas partes, la variación anual de la renta no podrá exceder del 3% en ninguno de los dos casos. La cifra supone un punto más que el límite que esta actualmente en vigor, que es del 2%.
Se entiende como gran tenedor aquella persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial, excluyendo en todo caso garajes y trasteros, informa Europa Press.
Sin embargo, esta definición podrá ser particularizada en la declaración de entornos de mercado residencial tensionado hasta aquellos titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en dicho ámbito, cuando así sea motivado por la comunidad autónoma en la correspondiente memoria justificativa.
A partir del 1 de enero se pondrá en marcha también una mejora del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, a través de la modulación de la reducción del rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual. Para ello, se establece en los nuevos contratos de arrendamiento un porcentaje de reducción del 50% (ahora es del 60% con carácter general), que podrá incrementarse en función de determinados criterios.
Suspensión de desahucios
Asimismo, el Gobierno ha extendido la suspensión de los desahucios y lanzamientos de hogares vulnerables económica y socialmente de su vivienda habitual hasta el 31 de diciembre de 2024, en los casos ya previstos por la normativa actual.
La medida está incluida en el Real Decreto aprobado el pasado 27 de diciembre en Consejo de Ministros. La ampliación de las medidas de protección se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes.