El Supremo determina que el abogado Gonzalo Boye debe ser juzgado en la Audiencia Nacional por blanqueo junto al 'narco' Sito Miñanco
El Tribunal Supremo ha confirmado este martes la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar al abogado de Carles Puigdemont,Gonzalo Boye,por delitos de blanqueo de capitales y falsedad documental en la misma causa en la que se juzgará a Jose Ramón Prado Bugallo, conocido como "Sito Miñanco", y a otras 45 personas por delito de tráfico de drogas en relación con la presunta introducción en España de casi 4 toneladas de cocaína y el entramado creado para ocultar los beneficios obtenidos.
La Sala de lo Penal rechaza el recurso de casación que presentó Boye contra la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y de su Sala de Apelación de rechazar el artículo de previo pronunciamiento planteado por el procesado.
En su recurso, el letrado solicitaba que se estimara la excepción de cosa juzgada y que la Audiencia declinara su jurisdicción a favor de los juzgados de instrucción de Madrid.
En su escrito el recurrente argumentaba que la Audiencia Nacional perdió la competencia para enjuiciarle por un delito de blanqueo de capitales porque esta investigación se había tramitado mediante una pieza separada de la causa principal por delito de tráfico de drogas. Según el letrado, los dos delitos no son conexos y por consiguiente no deberían ser enjuiciados de forma conjunta.
La Sala explica que la defensa de Gonzalo Boye señaló que "los efectos dilatorios de la decisión de un enjuiciamiento conjunto de los hechos relacionados con el delito de tráfico de drogas y el delito de blanqueo de capitales que se imputa al recurrente. Se alega que estaríamos en presencia de delitos que no son conexos y que, por consiguiente, no deberían ser enjuiciados de forma conjunta".
En su sentencia, ponencia del presidente Manuel Marchena, la Sala confirma el enjuiciamiento conjunto de toda la causa e indica que "es difícil de encontrar un ejemplo más apropiado de conexidad que el que vincula al delito de blanqueo de capitales con el tráfico de drogas que constituye su precedente".
Para la Sala, la competencia objetiva para conocer el delito principal "se extiende a los delitos conexos y, desde luego, entre los delitos imputados en la presente causa- tráfico de drogas y blanqueo de capitales- existe una relación inescindible que convierte el enjuiciamiento conjunto en una garantía para el propio acusado".
Por todo ello la Sala concluye que la Audiencia Nacional es el tribunal competente predeterminado y señala que está integrado por magistrados sujetos al mismo estatuto de responsabilidad e inamovilidad que los adscritos a la Audiencia Provincial de Madrid.
El tribunal ha estado formado por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y los magistrados Juan Ramón Berdugo, Andrés Palomo, Pablo Llarena y Ángel Luis Hurtado.