El Tribunal Supremo lleva por primera vez la ley de amnistía al Constitucional

El Tribunal Supremo ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía, por posible “vulneración del derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica”. La iniciativa se dirige contra el artículo 1 de la norma, que precisa los actos que quedan amnistiados, al considerar que vulnera el derecho constitucional a la igualdad ante la ley, los principios de seguridad jurídica y de proscripción (prohibición) de la arbitrariedad que la Constitución española proclama; y que, subsidiariamente, pudiera vulnerar el principio de exclusividad jurisdiccional, que establece que la administración de justicia es una función exclusiva de los tribunales y los jueces.

El alto tribunal ha tomado esta decisión al examinar el recurso de un condenado por delito de desórdenes públicos agravados por unos hechos ocurridos en Girona en octubre de 2019, tras publicarse la sentencia del Supremo sobre la causa del procés, consistentes en el lanzamiento de piedras o trozos de piedra contra los juzgados de la ciudad catalana. La Sala dio el pasado día 10 de julio un plazo de 10 días a las partes para alegaciones sobre la presentación de la cuestión. Por el ministerio fiscal, en escrito de fecha 15 de julio del presente año, se consideró que resultaba pertinente el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad, mientras que la representación del condenado consideró que no concurrían las circunstancias para hacerlo.

El auto concluye que “la norma cuestionada repugna al derecho constitucional a la igualdad ante la ley, resultando por entero arbitrarias las razones que se aducen para justificar el tratamiento claramente discriminatorio que la norma impone”. El texto afirma que en la referida ley “el sistema constitucional se sustituye por lo que gráficamente se ha denominado como una suerte de amnistía permanente revisable, contraviniendo también el principio de seguridad jurídica y alterando las bases de la convivencia democrática, con el efecto añadido de introducir una suerte de factor criminógeno”. El auto añade que “no estamos aquí ante un debate político de mayor o menor calado”, porque “son los principios constitucionales y el sistema democrático mismo —no tan fácil de conseguir y preservar como la perezosa costumbre suele hacernos creer—, los que están aquí en cuestión”.

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