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La gestión de residuos urbanos en la Comunidad de Madrid da hoy un giro trascendental con la entrada en vigor de la nueva tasa de basuras. Se trata de un impuesto que llevaba una década sin aplicarse en la capital y que ahora regresa con fuerza, amparado en una normativa europea que busca dar un salto hacia la sostenibilidad. La novedad ha pillado por sorpresa a muchos madrileños que desconocen por completo si están obligados a abonarla, qué cantidad tendrán que desembolsar y cuáles son los criterios que se seguirán para calcular su importe.
Este nuevo tributo municipal, que nace de la Ley 7/2022 sobre residuos y suelos contaminados para una economía circular, obliga a los ayuntamientos a sufragar los costes reales de recogida, transporte y tratamiento de basuras. En otras palabras, se trata de un mecanismo para trasladar al ciudadano el coste de un servicio que hasta ahora se cubría con cargo a otros ingresos municipales. El cambio no es menor, porque introduce diferencias muy notables entre barrios y municipios y obliga a propietarios e inquilinos a revisar sus contratos para saber quién se hará cargo del pago.
La tasa afecta a todos los municipios madrileños con más de 5.000 habitantes, lo que amplía su alcance a prácticamente toda el área metropolitana y a la capital en su conjunto. De media, el importe anual se sitúa en torno a los 141 euros por vivienda, aunque la cifra varía sustancialmente en función del barrio. Según detalló la delegada de Hacienda, Engracia Hidalgo, «se recibirán en septiembre los recibos con el importe de cada uno y a partir de ahí se empezarán a hacer efectivos los cobros». Los contribuyentes dispondrán de dos meses para regularizar el pago.
En este primer ejercicio, el pago se realizará en un solo recibo. No será hasta 2026 cuando se habilite la posibilidad de fraccionar el pago y domiciliarlo, al estilo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
El Ayuntamiento de Madrid ha aclarado que la obligación de abonar la tasa recae sobre los propietarios de los inmuebles. Ahora bien, existe un matiz importante. Cuando el inmueble está alquilado, la tasa podría trasladarse al inquilino, siempre y cuando este importe esté reflejado en el contrato de arrendamiento. La Ley de Arrendamientos Urbanos protege a los arrendatarios en los contratos anteriores a la entrada en vigor de la normativa, de modo que, en esos casos, el propietario deberá asumir el gasto directamente.
La fórmula diseñada para determinar la cuota a pagar combina dos factores clave.
Una parte fija, que representa el 81% del total, y que se calcula en función del valor catastral del inmueble
Una parte variable, que supone el 19% restante, y que depende del volumen de residuos generado en cada barrio, con tarifas que oscilan entre 7,72 y 41,52 euros, y de un coeficiente corrector que tiene en cuenta la calidad de la separación de residuos en cada zona
Este sistema provoca notables diferencias entre distritos. Mientras en las zonas con valores catastrales elevados y mayor generación de residuos la factura puede superar los 500 euros anuales, en barrios con tasaciones más bajas y una menor producción de basura los recibos se reducen de manera significativa.
Por tanto, los distritos de Moncloa-Aravaca, Chamartín, Salamanca o Retiro encabezan la lista de recibos más altos. En El Plantío (Moncloa-Aravaca), la tasa media alcanzará los 574 euros, mientras que en El Viso (Chamartín) será de 457, en Recoletos (Salamanca) de 430 y en Los Jerónimos (Retiro) de 427.
En el otro extremo, los recibos más reducidos se registrarán en barrios con valores catastrales más modestos. En San Cristóbal (Villaverde) apenas se abonarán 45 euros de media, en Pradolongo (Usera) y Zofío (Usera)59, en Amposta (San Blas-Canillejas) 62 y en zonas como Portazgoo San Diego (Puente de Vallecas) 64 euros.
No obstante, el Ayuntamiento ha establecido también una serie de reducciones y exenciones. Las familias numerosas podrán acceder a descuentos de entre el 10% y el 90%, en función del valor catastral y de la categoría reconocida. Las viviendas vacías y los locales sin actividad solo abonarán la tarifa básica, previa declaración responsable. Y las personas en situación de vulnerabilidad económica, como las beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital o de la Renta Mínima de Inserción, podrán solicitar la exención total.
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