Los reproches a las leyes de concordia de los relatores de la ONU: ni dictadura ni banco genético y víctimas equiparadas a las de un "grupo heterogéneo de crímenes"

Los tres relatores, además de los reproches generales a las leyes de la Concordia que se impulsan desde las mayorías parlamentarias de PP y Vox en Aragón, Castilla y León y la Comunidad Valenciana, bajan al detalle en su informe sobre los cambios que supondrían las nuevas normativas en relación a las que están en vigor.

En el caso de Aragón, evalúan la Ley 1/2024 por la mayoría de PP y Vox en las Cortes de Aragón derogó la Ley de Memoria Histórica y así "invisibiliza las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura franquista, al no hacer referencia explícita ni condenar el régimen, su carácter dictatorial, o su responsabilidad por los crímenes cometidos en este periodo".

Esta ley sólo hace referencia "a las atrocidades cometidas por un bando durante la guerra civil, mientras que sí menciona la violencia política ejercida durante la llamada Segunda República que le antecedió (1931-1939)".

Además, "suprime un gran número de entidades y actividades de memoria histórica previstas en la legislación anterior", como el censo, las Rutas de la memoria, el inventario de lugares, el centro de investigación y "las actuaciones en el ámbito educativo, y los elementos de identificación, interpretación, señalización y difusión". A esto se suma la desaparición del "portal web institucional del Gobierno de Aragón sobre memoria democrática", donde se recogía un mapa de fosas comunes de Aragón.

En las tareas de identificación, remitirá la base de datos genética al Banco Estatal de ADN de Víctimas de la Guerra y la Dictadura y deja las subvenciones para proyectos de memoria en un "sostenimiento incierto", ya que las sujeta "a la justificación correspondiente conforme a lo establecido en las correspondientes convocatorias y bases reguladoras".

La ley de derogación aprobada elimina del catálogo de Patrimonio Cultural cualquier "espacio, construcción o elemento inmueble cuyo significado histórico sea relevante para la explicación del pasado de Aragón en términos de participación, defensa y lucha a favor de la democracia frente a la intolerancia y la dictadura en el marco histórico de la Segunda República española, la guerra civil y la dictadura franquista".

Ahora bien, reconocen que "las actividades relativas a la búsqueda de personas desaparecidas están exentas de supresión u obstáculos"

Sin la palabra dictadura

En el caso de Castilla y León, la Ley de Memoria fue modificada por un decreto y está en tramitación parlamentaria la Ley de Concordia que suprime la palabra "dictadura" para referirse al franquismo, "y no incluye una condena expresa a las graves violaciones de derechos humanos perpetradas entre 1936 y 1978". Además, amplía la normativa "a todas las víctimas políticas del periodo comprendido entre 1931 y 1978".

Por tanto, esta ley "invisibilizaría las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura franquista, al negarse a nombrar y condenar al régimen dictatorial a pesar de su innegable responsabilidad en las misma".

A eso suma que deja la resolución de solicitudes de recuperación de restos en manos de una Comisión de Exhumaciones compuesta íntegramente "por funcionarios de la Administración autonómica y de la Federación Regional de Municipios y Provincias, no ofrece un rol consultativo a asociaciones de memoria". Por tanto, no facilita la participación de las asociaciones de víctimas.

Tampoco reconoce las subvenciones para actividades de memoria histórica a asociaciones sin fines de lucro y detecta que pueden obstaculizar el acceso a la verdad sobre "el destino y paradero de las víctimas" al establecer que los proyectos de exhumación e identificación no pueden "ser objeto de difusión pública de imágenes, documentos o cualquier otro material que pueda revelar la identidad de las personas involucradas".

"Grupo heterogéneo de crímenes"

En el caso de la propuesta de Ley de Concordia de la Comunidad Valenciana, los relatores le reconocen "la importancia de asegurar la no discriminación a la hora de reconocer y dar justicia y reparación a todas las víctimas de la violencia", pero admiten que eso puede llevar a "asimilar las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura franquista y la Guerra Civil a un grupo heterogéneo de crímenes y/o violaciones cometidas por diferentes actores, estatales y no estatales, a lo largo del siglo XX en España".

Esto se debe a que el proyecto hace mención expresa a "las víctimas de la Segunda República y del terrorismo etarra e islámico", lo que para los relatores "desvirtúa el objetivo de atender a las necesidades y derechos de las víctimas del franquismo y la guerra civil", "quitándole el reconocimiento".

Los relatores reconocen que asegura el derecho a acceder a toda la documentación existente sobre las víctimas, "estableciendo garantías para la protección de los lugares que fueron objeto de violencia política y social durante todo este periodo", pero ven lagunas en la autorización de proyectos de recuperación de memoria histórica.

Si bien la nueva ley aseguraría la finalización de los proyectos en marcha, "no detalla las condiciones bajo las cuales se podrán iniciar nuevos procedimientos de este tipo" y paraliza "de manera automática" todos aquellos que hayan sido iniciados y no concluidos, "a excepción de las actividades de indagación, localización, exhumación e identificación de las personas desaparecidas".

Además, como el caso castellano, tampoco reconoce las subvenciones para actividades en memoria histórica que actualmente pueden otorgarse a entidades sin fines de lucro.