¿Quién puede votar en las elecciones europeas?>

Requisitos para votar en las elecciones europeas

Y para los que quieran participar en estos comicios es necesario que tengan en cuenta, como señala la web del Parlamento europeo, que la edad mínima para votar es de 18 años. Asimismo, podrán depositar su voto los ciudadanos españoles residentes en España o en el extranjero, así como los ciudadanos de otros países de la UE residentes en España. Aquí se aplican un sistema de listas cerradas. Y mediante este procedimiento podrán elegir a los 61 eurodiputados que le corresponde a España, dos más que en las elecciones de 2019.

¿Qué documentos tengo que presentar en la mesa electoral?

Tienes que presentar un documento de identificación original en el que aparezca tu foto (no se admiten fotocopias): DNI, pasaporte o carnet de conducir. También se puede presentar la aplicación miDGT y la tarjeta de residencia (en el caso de ciudadanos de la Unión Europea que la posean).

Otros escenarios

En los actuales comicios se abren varios escenarios para ejercer tu voto.

  • Si tienes nacionalidad española y resides de manera permanente en el extranjero para votar debes estar inscrito en el registro consular de la Embajada Española de tu país de residencia, que tramitará de oficio tu inscripción en el Censo de Electores residentes-ausentes que viven en el extranjero. «A partir de ese momento, puedes votar tanto por correo como en urna (Artículo 75 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General). Pero si optas por depositar el voto personalmente, deberás hacerlo entre ocho y tres días antes de la jornada electoral (ambos inclusive) en una de las urnas habilitadas en los consulados, embajadas o locales electorales autorizados en el lugar donde estés inscrito como residente», indican.

  • Otra posibilidad es que tengas nacionalidad española y residas de manera temporal en el extranjero. El Real Decreto 1621/2007 establece un procedimiento consistente en que deberás inscribirte como no residente en el consulado que te corresponda. Y deberás solicitar personalmente en tu consulado la documentación para poder votar desde el extranjero en un plazo de 25 días desde la convocatoria de elecciones. Recibirás la documentación en tu domicilio. Por último, tendrás que enviar tu voto por correo certificado a tu mesa electoral en España como mínimo cuatro días antes de las elecciones.

Si eres nacional de otro país de la UE residentes en España, tal como describe la web, tendrás que empadronarte, rellenar la hoja padronal y presentar la documentación que requiera tu ayuntamiento. Además, tendrás que indicar dónde votaste por última vez en tu país de origen para evitar el doble voto y manifestar tu voluntad de votar en las elecciones europeas en España.

Y esto puedes hacerlo por internet, en el portal del Instituto Nacional de Estadística (INE) o en persona en el momento del empadronamiento o más adelante, entregando en tu ayuntamiento el formulario oficial (DFA) disponible en el propio ayuntamiento o en la plataforma del INE.

La Oficina del Censo Electoral (OCE) envía solo una vez una notificación a los nacionales de otros países de la UE residentes en España que todavía no han manifestado su voluntad de votar en las elecciones europeas en España.