El Constitucional anula el voto telemático del Parlament y deja en el aire la participación de Puigdemont
El Tribunal Constitucional ha anulado el voto telemático en el Parlament de Cataluña. La Sala Primera del TC ha estimado por unanimidad el recurso de amparo de los diputados del PSC contra la decisión de la Cámara de permitir ese sistema de votación al fugado Lluís Puig en la anterior legislatura.
La decisión llega cuando el president en funciones, Pere Aragonès, acaba de convocar para la tarde del próximo lunes el Pleno de conctitución de la nueva Cámara. Ese día se elegirá a los miembros de la Mesa, la Presidencia, las dos Vicepresidencias y las cuatro Secretarías, y se determinará, así, si el Parlament continúa o no bajo control independentista.
Entre los diputados electos está el ex presidentCarles Puigdemont, que conforme a la sentencia ahora conocida no podría votar desde fuera de España de forma telemática. En la misma situación de electos y huidos de la Justicia están el propio Puig y el investigado en el caso Tsunami Ruben Wagensberg, si bien sólo Puig se vería afectado, dado que el diputado de ERC se encuentra oficialmente de baja laboral y eso le permite delegar su voto, según el reglamento del Parlament.
La encargada de aplicar o desobedecer al TC será la Mesa de Edad del Parlament, que se constituirá el lunes al inicio de la sesión y estará formada por dos miembros independentistas -Agustí Colomines, de Junts, y Mar Besses, de ERC-, y por una constitucionalista: Júlia Calvet, de Vox.
El PP y los comunes, decisivos
La decisión judicial añade tensión a las negociaciones para escoger al nuevo presidente del Parlament y a los integrantes de la Mesa. Uno de los argumentos de ERC para decidirse por un pacto con el resto de fuerzas independentistas que prive al PSC del control del órgano rector de la Cámara es la necesidad de "garantizar los derechos políticos de los diputados exiliados".
Los republicanos llevan días afeando a los socialistas haber impugnado la votación telemática de Puig y, que la resolución del caso llegue justo cuando se están produciendo las conversaciones sobre la composición de la nueva Mesa, juega en contra del partido liderado por Salvador Illa. Tras la decisión del TC, ERC ha sostenido que se "busca torpedear que salta escogida una Mesa antirrepresiva garante de los derechos de los diputados aún afectados por la represión".
Si Puigdemont y Puig no pueden votar en la sesión constitutiva del Parlament, las fuerzas secesionistas sumarían 57 diputados (33 de Junts, 20 de ERC y 4 de la CUP). El PSC podría llegar a esos 57 parlamentarios si lograra sumar a sus 42 escaños los 15 del PP a través de una negociación con los populares que a día de hoy no ha empezado y no se antoja precisamente sencilla. Y, en caso de empate, su candidato saldría vencedor por haber sido la fuerza más votada en las elecciones catalanas.
Pero la última palabra la tendrían los comunes. Teniendo en cuenta que Vox votará previsiblemente por su propio candidato a presidir el Parlament, para no respaldar a un independentista ni a un socialista, sería el grupo parlamentario de Jéssica Albiach el que decantara la balanza. En sus manos estaría decidir si el Parlament continúa bajo mando secesionista -para ello los comunes deberían aliarse con Junts, al que llevan años demonizando- o si lo dominan los socialistas, a los que la formación heredera de Sumar quiere aupar después a la presidencia del Govern. Claro que para eso deberían cruzar otra de sus líneas rojas, aliarse con el PP.
La elección del presidente del Parlament jugará un papel determinante en la investidura, pues es él quien decide, tras una ronda de consultas, qué candidato opta a ser ungido. Puigdemont ambiciona que sea ERC quien ostente la presidencia de la Cámara para que lo designe como candidato por delante de Illa y así regresar del extranjero para acudir a su propia investidura.
"Voluntariamente" fugados
El TC basa su decisión en que no es constitucionalmente posible hacer una excepción a la regla del voto presencial para aquellos representantes políticos que "voluntariamente" han decidido "eludir la acción de la jurisdicción penal española" y sobre los que pesa una orden judicial de busca y captura.
La Mesa del Parlament sostuvo en sui día que el sistema era provisional, a la espera de una reforma del Reglamento de la Cámara que nunca llegó a producirse.
Los magistrados consideran que, en realidad, la aprobación de ese sistema de voto "fue instrumental con la finalidad exclusiva de intentar dar una apariencia de cobertura normativa a la habilitación del voto telemático al sr. Puig i Gordi para eludir pronunciamientos previos de este Tribunal, pero sin una real vocación de generalidad".
El voto telemático ahora anulado fue puesto en marcha después de que el TC rechazara el sistema de voto delegado con que se quería permitir la participación de los diputados huidos.
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Segoviano, declara vulnerado el derecho de los diputados recurrentes a ejercer las funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes, así como y la anulación de todos los acuerdos impugnados. Es decir, tanto la aprobación general de la normativa transitoria sobre voto telemático como la habilitación concreta del voto telemático al sr. Puig.
Sin embargo, no anula los actos que hubieran sido adoptados con el voto telemático de ese diputado durante el tiempo en que estuvo vigente dicha habilitación. Por razones de seguridad jurídica, indican los magistrados, esas decisiones se mantienen como válidas.