La Comisión del Estatuto del Diputado aprueba el suplicatorio de Ábalos por unanimidad y autoriza al Supremo a que le investigue por organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación
La Comisión del Estatuto del Diputado ha dado luz verde a la concesión del suplicatorio reclamado por el Tribunal Supremo para investigar al ex ministro y ex secretario de Organización del PSOE José Luis Ábalos por la presunta comisión de los delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación en el marco de la trama corrupta que cobraba comisiones en los contratos públicos de mascarillas y material sanitario durante la pandemia.
La comisión, presidida por el diputado popular Manuel Cobo, e integrada por un representate de cada uno de los grupos de la Cámara, ha adoptado su decisión por unanimidad tras haber escuchado las alegaciones del hoy diputado del Grupo Mixto y estudiar el extenso documento que presentó con sus argumentos.
La decisión de la comisión será remitida ahora a la Mesa del Congreso, que debe fijar la fecha en la que el Pleno de la Cámara debatirá el caso y se pronunciará en una votación que será definitiva. De acuerdo con el reglamento del Congreso, esa votación debe producirse en el primer pleno ordinario, algo que no se producirá hasta la segunda semana de febrero; no obstante, la Mesa, oída la Junta de Portavoces, podría decidir un adelanto. Hasta la fecha, en todos los suplicatorios, el Pleno ha ratificado el voto de la comisión, por lo que se da por hecho que el suplicatorio que afecta a Ábalos será concedido. De esta manera, la Cámara levantará la inmunidad que protege al diputado y dará vía libre a que se le investigue.
Ello no implica, sin embargo, que Ábalos pierda su condición de parlamentario. Seguirá manteniendo todos sus derechos como tal. Los diputados son suspendidos de sus derechos y deberes cuando se dicte auto de procesamiento firme y el afectado se halle en situación de prisión preventiva y mientras dure esta o cuando se dicte una sentencia firme condenatoria que comporte dicha suspensión o implique la imposibilidad de ejercer la función parlamentaria. El suplicatorio del ex ministro pasa a ser así el trigésimo cuarto que autoriza el Congreso.