Europa aprueba objetivos de emisiones de CO2 más estrictos para camiones y autobuses
Deberán reducirse un 45% para el período 2030-2034, un 65% para 2035-2039 y un 90% a partir de 2040
La reforma consolida la senda propuesta por la Comisión Europea con objetivos intermedios de reducción del 45% durante el período 2030-2034 y del 65% para 2035-2039, hasta llegar al 90% en 2040 (con respecto a los niveles de 2019). Estos objetivos se aplicarán a los camiones pesados de más de 7,5 toneladas y a los autocares; un sector responsable de más del 25% de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte por carretera en la UE.
Sin embargo, se aplicará una exención de los objetivos de reducción de CO2 establecidos en el reglamento a los pequeños fabricantes y a los vehículos utilizados en la minería, la silvicultura y la agricultura; a vehículos para uso de las fuerzas armadas y servicios de bomberos o a los utilizados para protección civil, orden público y atención médica.
La revisión también amplía el ámbito de aplicación del reglamento a vehículos profesionales como camiones de basura u hormigoneras en una fase posterior (2035), mientras que la Comisión analizará la posibilidad de incluir camiones más pequeños, de menos de 5 toneladas, en el ámbito de aplicación.
Asimismo, introduce un objetivo de cero emisiones del 100% para los autobuses urbanos y fija un objetivo intermedio del 90% para esta categoría en 2030. No obstante, los colegisladores han acordado eximir a los autobuses interurbanos de este objetivo y situar este tipo de vehículos pesados en el marco de los objetivos generales para autocares.
La eficacia y el impacto del reglamento modificado sobre los objetivos serán revisados por la Comisión Europea en 2027, momento en que Bruselas tendrá que incluir una evaluación del papel de un factor de corrección de carbono (CCF) en la transición hacia una movilidad sin emisiones en el sector de los vehículos pesados.
Una vez que el reglamento sea firmado por las instituciones, será publicado en el Diario Oficial de la UE (DOUE) y entrará en vigor 20 días después de dicha publicación.