La Audiencia condena a 'Txapote' y 'Amaia' a 110 años de prisión por el asesinato del concejal Zamarreño
La Audiencia Nacional ha condenado a 110 años de cárcel a Francisco Javier García Gaztelu, 'Txapote', e Irantzu Gallastegui, 'Amaia', por el asesinato del concejal del PP en Rentería (Guipúzcoa) Manuel Zamarreño el 25 de junio de 1998 mediante la explosión de una moto-bomba. Zamarreño acababa de sustituir en el cargo a su amigo José Luis Caso, también asesinado por ETA.
En el atentado también resultó herido de gravedad su el ertzaina que le escoltaba y una mujer que se encontraba en las inmediaciones. La Sección Segunda de la Sala de lo Penal condena a los dos miembros del comando Donosti de ETA por un asesinato consumado, dos en grado de tentativa, lesiones, estragos y colocación de explosivos, todos ellos con finalidad terrorista. La pena se cerca mucho a los 120 años que habían reclamado los fiscales María Luisa Llop y Marcelo Azcárraga, así como la acusación particular que ejercía la familia.
La Audiencia establece una indemnización de medio millón de euros para la viuda del concejal y para cada uno de sus hijos, que en la época de los hechos eran pequeños, y de 600.000 euros para el escolta por las heridas y el sufrimiento generado por el largo periodo de curación.
El Tribunal considera acreditado que el atentado fue cometido por el comando Donosti, que en las fechas de los hechos integraban los Txapote, Amaia y el etarra fallecido Luis Gueresta. El comando tenía como objetivo "matar a miembros del PP", como reflejan los diversos asesinatos ya atribuidos a los integrantes de este comando.
La Sala se basa en los informes periciales de la Ertzaintza, Policía y Guardia Civil para concluir que ambos acusados fueron los autores materiales del atentado. La sentencia -que aún puede recurrirse ante el Supremo- recoge que fue Amaia la que adquirió la motocicleta a la que colocó entre uno y dos kilos de explosivo. Los terroristas hicieron estallar el artefacto al paso del concejal.
Los magistrados desgranan todos los indicios recabados que conducen a la autoría de los acusados, "de tal forma que estos resultados probatorios no solo se corresponden a lo acontecido sino también descartan otras hipótesis alternativas, que en este caso no fueron ni siquiera defendidas". Por ello, añaden, "carecen de una mínima probabilidad atendible de producción".
"La autoría material de los acusados ha quedado acreditada más allá de toda duda razonable", afirma la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Ana Revuelta.
"Los hechos se imputan al comando Donosti, único comando operativo entonces, integrado por los acusados y el fallecido Luis Gueresta, que funcionaban como una célula con los mismos objetivos e intereses; y en aquellas fechas solo ellos pudieron ser los coautores de la fabricación y colocación de la bomba explosiva en la motocicleta, adquirida personalmente por Irantzu Gallastegui días antes, puesto que los restantes colaboradores en tales tareas asesinas habían sido detenidos en esas fechas. Todo ello nos lleva a la convicción fundada de la autoría de los acusados", concluyen los magistrados.
A comprar el pan
En el juicio, ninguno de los acusados respondió a las preguntas. "No voy a participar y me niego a defenderme", dijo Txapote cuando al presidente del tribunal, Fernando Andreu. A continuación, Amaia dijo lo mismo.
Sí declaró el escolta herido, que relató así lo sucedido: "El día anterior habíamos quedado con el señor Zamarreño porque íbamos a ir a Donosti a una reunión que tenía con el partido para preparar un pleno. Llegué con el coche particular e hice una revisión de la calle de su domicilio, que era un poco peligrosa. Toqué el timbre y bajó. [...] Se metió hacia la panadería y yo le esperé. Cuando salió de comprar el pan dejé que me rebasara cuatro o cinco metros. Avanzamos un poco y se produjo la explosión".