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Se trata de un fallo relativo al caso del exfutbolista internacional francés Lassana Diarra, quien en 2014 rompió su contrato con el Lokomotiv de Moscú, en un caso que inició una interminable batalla judicial.
Ante las dificultades para negociar un contrato con el club belga Sporting de Charleroi, Diarra decidió llevar el caso ante la justicia de Bélgica, con el apoyo de sindicato mundial de jugadores FIFPro.
Después de varios giros de guión, el tribunal belga asumió el caso, a pesar de que la FIFA consideraba que no era competente para ello, y esa corte formuló una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En esencia, el interrogante era: ¿el reglamento del estatus y del traspaso de jugadores es compatible con el derecho a la competencia y a la libre circulación de la UE?
En este caso, las normas de la FIFA determinan que un club interesado en contratar a un futbolista en esa situación debe asumir la compensación al club donde el contrato fue interrumpido.
Sin embargo, en su fallo, el TJUE determinó que «las normas en cuestión impiden la libre circulación de los futbolistas profesionales que deseen desarrollar su actividad yendo a trabajar a un nuevo club«.
Estas normas específicas, acotó la corte, «imponen riesgos jurídicos considerables, riesgos financieros imprevisibles y potencialmente muy elevados, así como riesgos deportivos importantes».
«En conjunto, son tales que impiden las transferencias internacionales de esos jugadores», señaló, llegando a la conclusión de que «esas normas obstaculizan la libre circulación de jugadores y la competencia entre clubes».