Un juzgado de Motril eleva a 4 millones la indemnización a un joven en estado vegetativo tras un accidente de moto
El 3 de febrero de 2019, el joven Alejandro, de 18 años, se dirigía al paseo marítimo de Motril con su moto. Transitaba por el cruce entre la Avenida Virgen de la Cabeza y la calle Miguel Hernández cuando de repente se le cruzó un coche y no pudo evitar chocar contra él de forma violenta.
Sufrió gravísimas lesiones que le mantienen en estado vegetativo. El conductor del vehículo admitió que hizo «una maniobra indebida o no permitida» y, aunque está por ver si uno u otro –o los dos- iban a la velocidad adecuada, por vía judicial se decidió que eso no era «relevante», sino que el infractor había reconocido su responsabilidad.
En casos como éste se suele decir con razón que lo peor son las secuelas, que no sólo son para el joven, sino también para sus familiares. En estos casos, también, es imprescindible el concurso de las aseguradoras para fijar una indemnización. Axa fue la que representó al conductor del coche y estimó el conjunto de los daños en 2.254.500 euros.
Ahora, después de prosperar el recurso interpuesto por el bufete Avelino Abogados y defendido por la letrada María José Andrade, el Juzgado de Instrucción número 2 de Motril ha estimado parcialmente el recurso presentado por los familiares de Alejandro y la ha elevado a 3.992.079 euros.
El asunto presenta muchos aspectos que ha tenido que dilucidar la titular del juzgado, Nuria Jurado. Debía cifrar el importe de «curaciones, secuelas físicas y estéticas, intervenciones quirúrgicas, daño moral por perjuicio estético y baja calidad de vida, daño moral para los familiares…»
Un caso complejo
En algunos puntos, Axa no puso ninguna pega. En otros sí. El juzgado, en algunos casos, le da la razón. En otros, a Antonia Blanco y Antonio Manuel Sánchez, padres de Alejandro. De ahí que la indemnización no sea la misma. Por ejemplo, el juez no entiende que se le deba pagar a la familia el gasto del alquiler de la vivienda que tuvieron que arrendar mientras su hijo estaba hospitalizado en Sevilla, al entender que, como algunos gastos médicos ya habían sido abonados, «se podría incurrir en duplicidad indemnizatoria».
Axa tampoco se ve obligada a elevar lo que ya acordó pagar por lucro cesante, que en este caso se define como la «pérdida de ingresos futuros, porque el lesionado queda en estado irreversible e incapacitado para actividad laboral o profesional». Aunque la familia estimó que eso tiene una repercusión de 381.518,40 euros, se establece que es correcta la cantidad decidida por la compañía: 310.283.
Sin embargo, se eleva la compensación por la ayuda de una tercera persona que va a tener que recibir el joven, en estado «vegetativo permanente» y con necesidad de que cuiden de él las 24 horas del día, a razón de 16 euros la hora para el especialista. La asegura aportó para eso dos millones de euros pero el juzgado considera que se debe abonar 2.178.091.
Asimismo, el juez también considera oportuno que los padres del accidentado reciban 198.362,71 euros por ayudas técnicas –dispositivos, equipos que precisa el lesionado- adaptación de la vivienda, que asciende a 164.551,55 y transportes, establecidos en 62.649. La rehabilitación en el domicilio de Alejandro, traducida en la presencia de un fisioterapeuta, terapia ocupacional y apoyo psicológico se estima en 15.000 euros al año.
En resumen, lo que tiene que recibir la familia, según consta en el fallo emitido por la jueza, es lo siguiente: 41.633,52 euros por días de impedimento; 383.292,99 por secuelas físicas; 86.720,78 por secuelas estéticas; 5.071,34 por intervenciones quirúrgicas; 105.312,99 por daño moral perjuicio global; 52.056,49 por daño moral perjuicio estético; 156.622,04 por daño moral por baja calidad de vida; 159.066,49 por daño moral a los familiares; 310.283 por lucro cesante; 2.178.091 por ayuda de terceras personas; 80.080 por rehabilitación de la casa; 189.362,71 por ayudas técnicas; y 164.551,55 por adecuación de la vivienda.
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