El Constitucional admite a trámite el amparo de Turull por no aplicarle el Supremo la ley de amnistía

Al igual que en los recursos presentados por Junqueras, Romeva y Bassa, admitidos a trámite hace dos meses, el TC ha apreciado en el recurso una «especial trascendencia constitucional, puesto que plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal».

En su recurso, Turull alegaba la vulneración del principio de legalidad penal y del derecho a la tutela judicial efectiva y pedía además al Pleno la suspensión de la pena que le inhabilita como cargo público hasta 2030. Se trata de la única que le queda por cumplir tras el indulto del Gobierno. El Pleno no aprecia la urgencia excepcional a la que se refiere el artículo 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que justificaría su adopción sin oír a las partes. Por ello los magistrados han acordado formar la oportuna pieza separada para resolver sobre la suspensión y da un plazo de tres días a la Fiscalía para efectuar alegaciones.

Lo previsible es que el fiscal-jefe ante el TC informe en el mismo sentido que lo hizo con Junqueras y los otros condenados que se encuentran en la misma situación que Turull. En su escrito, del que informó en su momento ABC, Pedro Crespo rechazó esta suspensión porque supondría anticiparse al pronunciamiento del TC sobre sus recursos de amparo.

El fiscal recordaba que con carácter general el TC deniega la suspensión de las penas de larga duración tanto respecto a las privativas de libertad como de derechos cuando estas penas tengan un tiempo muy superior al tiempo normal de tramitación de un recurso de amparo. En este caso las penas de inhabilitación absoluta (de 12 ó 13 años según los casos) «son penas de larga duración y graves».