La teniente fiscal del Supremo rechaza la imputación de Puigdemont en el ‘caso Tsunami’ por falta de indicios
El informe definitivo de la Fiscalía del Tribunal Supremo rechaza la imputación de Carles Puigdemont en el caso Tsunami Democràtic. La teniente fiscal, María Ángeles Sánchez Conde, ha remitido este jueves un escrito a la Sala Penal en el que concluye que no existen indicios de que Carles Puigdemont participara “en la fundación o planificación” de la plataforma que impulsó las protestas contra la sentencia del procés en octubre de 2017. “El magistrado instructor se limita a efectuar conjeturas carentes de base fáctica”, señala Sánchez Conde, que pide al Supremo que archive la causa contra Puigdemont y el otro aforado, el diputado del Parlament Rubén Wagensberg, y la devuelva al juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón para que continúe la investigación sobre el resto de imputados.
El escrito presentado por Sánchez Conde corrige la conclusión a la que llegó la junta de fiscales de lo penal el pasado 6 de febrero, que, por 12 votos a 3, consideró que existen indicios de terrorismo en el caso Tsunami. Además, por 11 votos a 4, la junta concluyó que Puigdemont y Wagensberg deben ser imputados. Aunque esa posición a favor de imputarlos fue muy mayoritaria —y compartida por fiscales del sector conservador y del progresista—, los dos jefes de la junta manifestaron posiciones contrarias: Fidel Cadena votó a favor de la imputación y Joaquín Sánchez-Covisa votó en contra. Por eso, la decisión final se ha dejado en manos de la teniente fiscal del Supremo quien ha emitido este jueves su informe definitivo. El informe de Sánchez Conde no es vinculante para el Supremo, que será el que decida si abre una investigación a Puigdemont. El ponente de esa decisión será el magistrado Juan Ramón Berdugo —uno de los siete miembros del tribunal que dictó la sentencia condenatoria de 2019 contra los dirigentes nacionalistas por el referéndum ilegal de autodeterminación y la declaración unilateral de independencia de octubre de 2017—, que someterá su propuesta a la Sala de lo Penal. En caso de que esta decida admitir el caso, el tribunal deberá nombrar a un magistrado como instructor.
El informe no se adentra en si los hechos cometidos por Tsunami encajan en el delito de terrorismo, como sostiene el instructor de la causa en la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón. No obstante, considera que la exposición razonada enviada por el juez no ha venido precedida de una investigación suficiente para tener por acreditado que, como asegura García-Castellón, Tsunami Democràtic fue una “organización estructurada, jerarquizada y con vocación de permanencia, dirigida por varias personas con roles diversos que extendían su ámbito de actuación en parcelas determinadas y con otras personas a su cargo, cuya finalidad esencial era subvertir el orden constitucional, desestabilizar económica y políticamente el Estado, y alterar gravemente el orden público mediante la movilización social masiva”.
La teniente fiscal señala en su escrito que la exposición razonada de García-Castellón no ha venido precedida de una investigación suficiente para tener acreditado que Tsunami Democratic fue una “organización estructurada, Jerarquizada y con vocación de permanencia, dirigida por varias personas con roles diversos que extendían su ámbito de actuación en parcelas determinadas y con otras personas a su cargo, cuya finalidad esencial era subvertir el orden constitucional, desestabilizar económica y políticamente el Estado, y alterar gravemente el orden público mediante la movilización social masiva”.
El texto, de 31 páginas, se centra en analizar la posible participación de Puigdemont y Wagensberg en los hechos atribuidos a Tsunami, y desmonta, una a una, las conclusiones a las que ha llegado el juez de la Audiencia y que fueron asumidas por la junta de fiscales del Supremo. “El examen pormenorizado de los indicios afirmados por el magistrado instructor revela que en realidad nos hallamos ante meras conjeturas o sospechas que no permiten la atribución de hecho delictivo alguno a Carles Puigdemont Casamajó, ni tan siquiera con la provisionalidad propia del presente momento procesal”, advierte Sánchez Conde. Para la teniente fiscal, “ninguno de los hechos que se señalan como indicios, ni examinados en su concreta significación, ni -como se debe- tomados en su totalidad, permiten inferir de modo razonable la participación del inculpado aforado en la plataforma Tsunami Democràtic, pareciendo, más bien al contrario, que descartan dicha intervención”.