Puigdemont, en manos del Supremo, no volverá antes del próximo otoño

Sin embargo, una sucesión de acontecimientos -en concreto la negativa del Tribunal Supremo a aplicar la amnistía al delito de malversación del 'procés'- ha frustrado hasta el momento el regreso del prófugo, que al tener una orden de detención nacional en vigor no puede pisar España sin ser arrestado. Como publicó ayer ABC, tampoco la ponencia del Tribunal Constitucional que respalda la amnistía va a contribuir a resolver su situación pues no hay ningún pronunciamiento en ella relativo a la malversación.

El prófugo tendrá que esperar así a que el TC resuelva el recurso de amparo contra la decisión del Supremo de no aplicarle la amnistía, un recurso que todavía no ha formalizado ante el tribunal al estar pendiente de que se resuelva el último fleco en el Supremo: el incidente de nulidad como paso previo al amparo al TC. Y es que la decisión del instructor Pablo Llarena de no aplicar la amnistía por este delito fue repaldada por la Sala Penal del Supremo, que aplicó este mismo criterio a los ya condenados e indultados Oriol Junqueras, Raul Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull. En el caso de estos últimos, la no aplicación de la amnistía les mantiene inhabilitados para el ejercicio de cargo público. Sus recursos de amparo ya están en el TC e incluso han superado el trámite de admisión, pero no se espera que el Pleno empiece a abordarlos hasta el otoño, una vez resueltos todos los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad que ha suscitado la ley de amnistía. El de Puigdemont se pondrá a la cola.

De nada ha servido de momento que la ley regule 'ex professo' el levantamiento de las medidas cautelares que pesan sobre investigados del 'procés', porque desde el momento en que el Supremo ha excluido de la ley de amnistía la malversación Llarena no tiene ni que darse por aludido. Cuestión distinta sería un pronunciamiento del TC avalando la amnistía a la malversación, y aún así ese pronunciamiento no tendría por qué implicar el levantamiento de las cautelares que pesan sobre el prófugo, pues son los tribunales ordinarios los que tienen la última palabra sobre la aplicación de la ley.

Si el Supremo considerara que el aval del TC a la malversación es contrario al derecho europeo podría plantear una cuestión prejudicial al TJUE como la anunciada por la Audiencia de Sevilla. Y eso implicaría la paralización del procedimiento.