El Gobierno cuela en su ley de protección de menores un nuevo delito para las falsificaciones con IA

Esto implica que todo 'deepfake' que sea sexual o considerado «vejatorio» se podrá penar con con uno o dos años de cárcel —Si el material se hubiera difundido por redes sociales, la pena mínima sería de un año y medio— , independientemente de que la víctima sea un menor de edad o un adulto. De hecho, el anteproyecto recoge que «se opta por la sanción la difusión de las ultrafalsificaciones de contenido sexual o especialmente vejatorio en sede de delitos contra la integridad moral porque, en virtud del principio de consunción, se abarcarían los supuestos de lesión de la integridad moral y también los ataques contra el honor, pues ha de tomarse en cuenta no solo la afectación a la autoestima y la heteroestima, sino también la cosificación e instrumentalización que se produce sobre el sujeto pasivo, generalmente mujeres y niñas, niños y jóvenes que son tratados como objetos de consumo». Cabe destacar que la generación y distribución de pornografía infantil mediante IA, también considerada como 'deepfake', ya está contemplada como delito dentro del artículo 189 del CP, aunque descarta «los materiales que por su tosquedad revelen su condición de montaje».