Un trabajador despedido tras 25 años en una empresa de Gijón recibirá una indemnización de 250.000 euros>
En la carta, la compañía explicaba que el motivo de su destitución era la «pérdida de confianza». Además, decía que el ya exempleado debía entregar el vehículo que se le había dejado y los dispositivos electrónicos puestos a su disposición.
El hombre denunció su caso y el Juzgado de lo Social número 3 de Gijón le dio la razón.
La condena a la empresa
La empresa fue condenada a pagarle una indemnización de 105.000 euros al trabajador. De esa cantidad, 50.000 euros eran por la extinción de la relación laboral y los otros 55.000 euros correspondían a los «daños morales».
El fallo consideraba que se había vulnerado el derecho fundamental a la «integridad moral en la modalidad de acoso laboral» y el derecho a la garantía de indemnidad del trabajador en su despido. También se tuvo en cuenta la «larga relación laboral de más de 25 años» y «la creación de un ambiente laboral hostil para el actor, al que no se le encomendaban trabajos y fue objeto de traslado».
Sin embargo, esta primera sentencia señalaba que su relación laboral había sido de alta dirección y el trabajador recurrió el fallo. Se le volvió a dar la razón y una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) elevó la multa a 247.000 euros. Mantuvo los 55.000 euros por daños morales y sumó 197.000 euros por el despido improcedente (antes eran 50.000 euros).