Cuándo te vas a jubilar según tu año de nacimiento: la tabla por edad
Por contra, quienes cumplan los 65 años en 2025, podrán comenzar a jubilarse siempre que hayan cotizado un mínimo de 38 años y 3 meses o más. lo que suponen tres meses más de cotización respecto los que se jubilaron en 2024. Si no han alcanzado este periodo su edad para jubilarse será de 66 años y 8 meses.
2025: 38 años y 3 meses o más cotizados - 65 años | 38,3 meses o menos cotizados - 66 años y 8 meses
2026: 38 años y 3 meses o más cotizados - 65 años | 38,3 meses o menos cotizados - 66 años y 10 meses
2027: 38 años y 6 meses o más - 65 años | Menos de 38 años y 6 meses - 67 años
En función de esta tabla definida por la Seguridad Social es posible conocer el año de jubilación en función del año de nacimiento.
1959: jubilación ordinaria en 2024 con 65 años si han cotizado 38 o más años. De lo contrario, deberían esperar hasta los 66 años y 6 meses
1960: jubilación ordinaria en 2025 con 65 años si han cotizado 38,3 meses o más. De lo contrario, deberían esperar hasta los 66 años y 8 meses
1961: jubilación ordinaria en 2026 con 65 años si han cotizado 38,3 meses o más. De lo contrario, deberían esperar hasta los 66 años y 10 meses
1962: jubilación ordinaria en 2027 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
1963: jubilación ordinaria en 2028 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
1964: jubilación ordinaria en 2029 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
1965: jubilación ordinaria en 2030 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
1966: jubilación ordinaria en 2031 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
1967: jubilación ordinaria en 2032 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
1968: jubilación ordinaria en 2033 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
1969: jubilación ordinaria en 2034 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contratrario, deberían esperar a los 67 años
A partir de 2027 los tiempos quedarían de esta forma a no ser que se hiciera ninguna otra modificación.
Además, entre otras modificaciones de los últimos años, quienes deseen dejar de trabajar antes de lo indicado se pueden exponer a una serie de penalizaciones mediante reductores. Por cada mes que se adelante la retirada, la nómina de la pensión será mejor, según los porcentajes establecidos por la Seguridad Social. Además, el momento de la retirada no puede ser superior a dos años antes de la edad ordinaria marcada y se exigirá un mínimo cotizado.
Por contra, quienes continúen trabajando más allá de la edad legal podrán tener ciertas recompensas, lo que se conoce como jubilación demorada.