Los jueces catalanes activan el procedimiento para decidir si aplican la amnistía a los ‘expresidents’ Mas y Torra

Varios representantes de Esquerra, con Oriol Junqueras en el centro, celebran en el Congreso la aprobación de la ley de amnistía.Claudio Álvarez

El baile de peticiones y resoluciones judiciales ha empezado. La publicación en el BOE de la ley de amnistía este martes está teniendo ya sus primeras consecuencias. El primer órgano en moverse ha sido el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que esta misma mañana ha pedido a las partes (acusaciones y defensas) presentes en cinco procedimientos judiciales que se pronuncien sobre si cabe en estos casos la aplicación de la amnistía. Entre estas causas están las que afectan a los expresidentes de la Generalitat Artur Mas y Quim Torra, así como otra referida a los preparativos del referéndum ilegal del 1-O. El TSJC se anticipa así a un movimiento que previsiblemente también hará el Tribunal Supremo, que instruye las causas del procés y de Tsunami Democràtic, ambas con un denominador común: el expresident Carles Puigdemont.

La sala civil y penal del TSJC ha dictado cinco providencias que acuerdan dar traslado a las partes para que, en un plazo máximo de 10 días, se pronuncien sobre la revisión de otros tanto casos que pueden verse afectados por la ley de amnistía.

Cuatro de esos cinco casos son ejecutorias, es decir, sus protagonistas ya han sido juzgados y condenados, por lo que la amnistía supondría la extinción de la responsabilidad penal (fin de las penas de inhabilitación, cancelación de antecedentes penales). Los cuatro casos se saldaron con condenas por desobediencia. Se trata de la condena al expresident Artur Mas (y a las exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau) por la organización de la consulta independentista del 9-N de 2014; la condena al expresident Quim Torra por negarse a retirar lazos amarillos y otros símbolos independentista del Palau de la Generalitat en período electoral; la condena al exconcejal de Lleida de la CUP Pau Juvilla (también por no retirar lazos amarillos, en este caso del Ayuntamiento); y la condena al exalcalde de Agramunt y exdiputado Bernat Solé por desobedecer las resoluciones judiciales para impedir el 1-O.

El quinto caso sobre el que pide opinión el tribunal aún no ha sido juzgado: es el que afecta a tres pesos pesados de ERC y que versa también sobre la organización del referéndum ilegal del 1-O: Josep Maria Jové, Lluís Salvadó (considerados ambos arquitectos de la consulta) y la consejera de Cultura en funciones, Natàlia Garriga. El juicio contra los tres por los delitos de desobediencia, prevaricación y malversación agravada está programado para el 2 de octubre.

En sus resoluciones, breves, sobre los casos, el TSJC se hace eco de la publicación de la ley de amnistía en el BOE. Y recuerda que la norma confiere a los tribunales la capacidad para revisar las sentencias firmes de oficio o a instancia de las partes, pero “en todo caso previa audiencia del ministerio fiscal y de las partes”. De ahí que otorgue, tanto a las acusaciones como a las defensas, un plazo (que fija en 10 días) “a fin de que hagan llegar al tribunal las alegaciones que estimen oportunas” a efectos de su revisión y “demás consecuencias” declaradas en la ley de amnistía.

El independentismo se mueve

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Antes incluso que el TSJC, el independentismo ha empezado a moverse ya para que la ley de amnistía se aplique cuanto antes a los afectados. Esquerra Republicana (ERC) ha presentado ya, ante distintos juzgados, un total de 37 peticiones para miembros de su partido que han sido condenados o están implicados en causas judiciales. El partido, pilotado ahora en solitario por Marta Rovira, lanza así una imagen de respaldo a una norma que ayudó a alumbrar y que afecta, para empezar, al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras. Por el lado de Junts los movimientos también han empezado a producirse. El secretario general del partido, Jordi Turull —condenado, como Junqueras, a penas de cárcel por el procés— ha pedido al Tribunal Supremo que dé por extinguida su responsabilidad penal por la aplicación de la amnistía.

En el caso de Esquerra, el primer bloque lo forman los exconsejeros que formaron parte del Govern en 2017 y que organizaron el referéndum del 1-O. Todos ellos fueron condenados por el Tribunal Supremo por sedición y malversación. En 2021, el Gobierno de Pedro Sánchez les concedió el indulto parcial, que les permitió salir de prisión pero mantuvo las penas de inhabilitación. La amnistía faculta ahora la para la supresión de esas inhabilitaciones, lo que permitiría a los interesados (en especial a Junqueras) volver a la primer línea de la política.

Además de los exconsejeros, hay otras decenas de personas que estaban siendo investigadas en distintos órganos jurisdiccionales: en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en juzgados de instrucción de Barcelona e incluso, en el ámbito administrativo, en el Tribunal de Cuentas. Se trata de diputados y consejeros en funciones del Govern que, previsiblemente, serán beneficiados por la amnistía.

Aunque ERC ha dado el primer paso al formalizar las peticiones de todos sus cuadros, la amnistía afecta igualmente a cargos de Junts. El abogado de Turull, Jordi Pina, ha presentado este mismo martes un escrito para solicitar que se dicte la extinción de su responsabilidad penal. El secretario general de la formación conservadora fue condenado a 12 años de cárcel y otros 12 de inhabilitación para ejercer cargos públicos. El Gobierno derogó el delito de sedición, pero no el de malversación, por lo que esa inhabilitación en principio no vence hasta 2030.

En su escrito, Turull pide al tribunal que dé por finalizada esa pena de inhabilitación al entender que la ley de amnistía es de plena aplicación en su caso. El texto ahonda en la que se prevé una de las grandes batallas en la aplicación de la norma: el delito de malversación. Los fiscales del Tribunal Supremo que participaron en el juicio contra Turull y el resto de miembros del Govern ya han comuncicado que consideran que la amnistía no es aplicable al delito por el que fueron condenados, ya que el desvío de fondos probado encaja con las excepciones que establece la ley de amnistía.

La medida de gracia contempla el delito de malversación “siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento”. Y añade que ese enriquecimiento solo existe cuando se ha producido “un beneficio personal de carácter patrimonial”. Turull recuerda que, según la sentencia del Supremo, no se le atribuyó ni siquiera la disposición de fondos públicos, sino la “mera aprobación de gasto destinado a la celebración del referéndum”. Pero no se abonaron ni liquidaron esos fondos, de modo que “difícilmente podría hablarse de enriquecimiento personal” o de “ilícita disminución de los caudales públicos”. La consecuencia jurídica de la ley de amnistía es que debe ponerse fin a la inhabilitación y deben cancelarse, también, los antecedentes penales “de forma urgente”. El abogado ha pedido al Supremo que, si plantea una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que paralice la aplicación de la ley, suspenda de todos modos la ejecución de la condena de inhabilitación.

No hay un cálculo real sobre cuántas personas podrían verse beneficiadas por la ley aprobada hace un par de semanas en el Congreso. Òmnium Cultural, entidad independentista organizadora de las Diadas y promotora de primera hora de la medida , calcula que unos 1.616 ciudadanos podrían acogerse a ella: casi 700 en la vía penal y más de 900 en la administrativa. Fuentes del Gobierno que participaron en las negociaciones, sin embargo, hablaron en su día de un total de 400 beneficiarios. La amnistía alcanza a los organizadores de las consultas ilegales de independencia del 9-N de 2014 y el 1-O de 2017, donde están la mayoría de los casos de ERC, pero el grueso de beneficiados serán los ciudadanos que fueron detenidos durante su participación en los disturbios para protestar, entre otras cosas, por la sentencia del procés.

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