Estas son las novedades a tener en cuenta a la hora de hacer la declaración de la Renta 2024
La campaña de la Renta 2024 que ha comenzado este miércoles tiene novedades que pueden influir de forma importante en la economía de los contribuyentes. Hay cambios en las cantidades para calcular los rendimientos del trabajo, o en el mínimo exento en el caso de tener más de un pagador. También hay modificaciones para el contribuyente que estuviera en situación de desempleo, en las deducciones por alquiler, entre otras. Más allá de los cálculos de la declaración otra novedad de la actual campaña es que se podrá pagar por Bizum o que se investigarán las ventas en plataformas digitales, en especial de artículos de segunda mano.
Entre las novedades más relevantes a tener en cuenta a la hora de hacer la Declaración está el incremento en la reducción por rendimientos del trabajo, que pasa de 6.498 euros a 7.302 euros anuales. Este cambio, según la Agencia Tributaria, beneficiará a aquellos contribuyentes con salarios más bajos, permitiéndoles reducir su base imponible y, por ende, pagar menos impuestos, informas el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla.
Igualmente, si el contribuyente ha tenido más de un pagador durante el año, el mínimo exento también ha sido elevado. Ahora, este umbral se sitúa en 15.876 euros anuales, un incremento que responde al aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esto significa que aquellos que superen esta cantidad y cuenten con ingresos de más de un pagador deberán presentar su declaración. Para quienes solo tengan un pagador, la obligación de declarar se mantiene en 22.000 euros.
Este año, las personas en situación de desempleo no estarán obligadas a presentar la Declaración de la Renta, aunque podrán hacerlo de forma voluntaria si les resulta beneficioso. Sin embargo, aquellos que hayan ingresado más de 22.000 euros o hayan realizado ventas de inmuebles o acciones sí deberán presentar su Declaración.
En cuanto a las deducciones por alquiler, este año se introduce un cambio significativo. La deducción general se reduce del 60% al 50% en la mayoría de las comunidades autónomas. Sin embargo, en las zonas consideradas como «tensionadas» se aplicarán deducciones especiales que pueden llegar hasta el 90% si se ha reducido el precio del alquiler, o del 70% si se ha alquilado a jóvenes menores de 35 años.
Por otro lado, se mantienen las deducciones por mejoras en la eficiencia energética de viviendas, tanto si son de uso habitual como si están en alquiler. Esto no solo contribuye a un entorno más sostenible, sino que también puede suponer un alivio en nuestra economía. Además, la compra de vehículos eléctricos sigue siendo incentivada.
La casilla 103
Otra novedad es la incorporación de nuevas opciones de pago. Por primera vez, si la Declaración resulta a pagar, se podrá abonar a través de Bizum, una opción rápida y cómoda. Aunque si se prefieren métodos más tradicionales, seguirán disponibles las opciones de tarjeta bancaria, transferencias, ingresos a cuenta y domiciliaciones.
Igualmente, la inclusión de la autoliquidación rectificativa marca un cambio significativo en la forma de corregir autoliquidaciones previamente presentadas. Este nuevo enfoque reemplaza el antiguo sistema de autoliquidaciones complementarias y solicitudes de rectificación. A partir de la declaración del año 2024, se incluirá una nueva casilla, la 103, que permitirá señalar que la autoliquidación presentada es una rectificación de una declaración anterior, sin importar si la modificación es a favor o en contra.
Otro aspecto a tener en cuenta es que la Agencia Tributaria intensificará su vigilancia sobre los ingresos generados en plataformas digitales. A partir de este año, no solo se requerirá a los contribuyentes que declaren estos ingresos, sino que las plataformas también deberán informar sobre las transacciones realizadas. Esto se enmarca dentro de la directiva europea DAC 7, que busca combatir la economía sumergida.
Por todas estas modificaciones, el presidente del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla, Javier Corral, señala que «siempre lo recomendable es acudir a un Gestor Administrativo colegiado para hacer la Declaración y no aceptar el Borrador sin más, entendemos que a veces la comodidad, el desconocimiento o incluso las prisas por recibir el dinero si la Declaración sale a devolver, pueden llevar a hacerlo, pero es mejor confiar en un profesional, que garantiza el mejor resultado posible y no cometer errores que puede conllevar disgustos, e incluso sanciones». Y es que Corral recuerda que «un Gestor Administrativo colegiado es un profesional que conoce a la perfección toda la información, las últimas novedades normativas y eso le hace tener en cuenta todos los aspectos que permitan deducciones».
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