El Constitucional avala el grueso de la Ley de Vivienda aunque declara inconstitucionales algunos de sus artículos
El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado el grueso de la Ley de Vivienda, que limita los precios del alquiler y desvinculando las subidas de las cuotas de la evolución del IPC.
Según informan fuentes jurídicas, la corte de garantías ha decidido por mayoría estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía contra la Ley 12/2023, de 24 de mayo.
El fallo, ponencia de la magistrada progresista María Luisa Segoviano, tan sólo declara inconstitucionales y nulos el artículo 16 de la Ley; el contenido del artículo 19.3 a partir del inciso "que incluirá, con respecto a las viviendas de titularidad del gran tenedor, al menos, los siguientes datos"; el tercer párrafo del artículo 27.1 y el artículo 27.3 así como la disposición transitoria primera de la Ley.
El Gobierno de Juanma Moreno consideraba que la Ley de Vivienda "invade competencias" en materia de vivienda "exclusivas" recogidas en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. La Junta de Andalucía entendía que el Estado "no puede legislar, ni siquiera de forma supletoria, en materia de vivienda, tal y como se ha pronunciado de forma reiterada el Tribunal Constitucional", según argumentó el Ejecutivo autonómico en la presentación del recurso.
El artículo 16, por ejemplo, recoge los principios para regir la vivienda protegida, señalando que eso se hará "sin perjuicio de las condiciones y requisitos establecidos por la legislación y normativa de ámbito autonómico o municipal, que tendrán en todo caso carácter prevalente".
Han anunciado voto particular los magistrados del sector conservador Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa.