El Abogado General de la UE expondrá su informe sobre la ley de amnistía el 13 de noviembre

La decisión que tome el Tribunal de Luxemburgo responde a la primera cuestión prejudicial que sobre la amnistía se ha visto en Europa: la planteada, a instancias de Sociedad Civil Catalana, por el Tribunal de Cuentas, pendiente de determinar la responsabilidad contable de los líderes del 'procés' que emplearon fondos públicos para promover la independencia de Cataluña y el referéndum ilegal del 1-O, un daño al patrimonio público estimado en 5 millones de euros, responsabilidad contable que se pretende amnistiar. La vista se celebró el pasado 15 de julio y fue determinante el hecho de que la Comisión Europea defendiera públicamente ante el tribunal que la ley de amnistía no responde «al interés general» y sí al pacto por investir a Sánchez

El Tribunal de Cuenteas cuestionó ante la UE la compatibilidad de ciertos aspectos de la ley (fraguada entre Sánchez y sus socios independentistas) con el derecho de la Unión, en concreto el delito de malversación, cuya persecución obliga a todos los estados miembros.

La decisión que sobre este delito tome el TJUE condicionará en gran medida el destino de los principales líderes del 'procés' que han cuestionado ante el Tribunal Constitucional que la inaplicación de la norma por parte del Tribunal Supremo al delito de malversación al entender que la modalidad cometida por los dirigentes secesionistas está expresamente excluida de la norma. Entre los afectados, Carles Puigdemont, sobre quien pesa una orden de detención nacional precisamente por su procesamiento por malversación. Su recurso de amparo, en el que como los ya condenados, como Junqueras, cuestiona la decisión del TS, no se ha admitido aún a trámite y se espera que el órgano que preside Cándido Conde-Pumpido no tome una decisión sobre el fondo del recurso, en la que obligatoriamente deberá pronunciarse sobre este delito, antes de que lo haga el TJUE. Un dictamen del TC contrario al fallo de Luxemburgo supondría un revés sin precedentes al órgano de garantías, pues los jueces que tengan causas abiertas en las que esté en juego la amnistía de este delito se deben al derecho de la Unión.

Además de la malversación, el abogado general de la UE expondrá sus conclusiones ese mismo día sobre otra cuestión prejudicial de un órgano español también en relación con la amnistía. En este caso, la Audiencia Nacional a instancias de la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (Acvot) en el marco del procedimiento penal que se sigue contra doce radicales acusados de delitos de terrorismo y ocho de ellos también de fabricar y estar en posesión de explosivos.

La Audiencia Nacional duda en este caso sobre la compatibilidad con el Derecho de la Unión, que ordena la persecución del terrorismo.

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