El Supremo confirma los cinco años de cárcel para el exmarido de Oltra por abusar sexualmente de una menor tutelada>

La Sala Penal desestima así el recurso de casación presentado por el acusado. La sentencia íntegra, con sus fundamentos jurídicos, se conocerá en los próximos días. El tribunal, integrado por los magistrados Juan Ramón Berdugo -presidente-, Ana Ferrer -ponente-, Pablo Llarena, Vicente Magro y Ángel Hurtado, ha adoptado este miércoles la decisión desestimatoria del recurso por unanimidad.

Icardi fue juzgado y condenado a finales de 2019, pero la aparición de unos informes que lo exculpaban -y que no habían sido tenidos en cuenta- motivó la repetición parcial de la vista oral en 2021, sin el testimonio de la víctima y con idéntico resultado. Quedó inhabilitado para ejercer cualquier profesión que conlleve contacto con menores durante una década, la mitad en régimen de libertad vigilada, con la obligación de participar en cursos formativos de educación sexual.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana confirmó más tarde el fallo de la Audiencia de Valencia, que puso el foco en la supuesta desprotección a la que había sido sometida la niña desde que denunció lo ocurrido. Ese señalamiento dio pie a la apertura de una nueva causa que sigue su curso en el Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia y en la que se investiga a dieciséis personas, entre ellas la propia Mónica Oltra.

El juez dilucida si la Generalitat trató de tapar los abusos encargando una investigación paralela a la judicial que aminorara su responsabilidad en el proceso. La entonces máxima responsable de los centros de menores -como consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas- dimitió y abandonó la política en junio de 2022, tras ser imputada junto a parte de su equipo. La decisión del Supremo no influye de ningún modo en este caso paralelo. Se da la circunstancia de que la víctima comparece este martes por la tarde como testigo en el marco de esa instrucción.

«Entre dos y diez ocasiones»

Los órganos judiciales consideraron probado que el monitor «entre dos y diez ocasiones» durante el turno de noche «acudía a la habitación de la menor cuando esta se hallaba castigada». Al tener «dificultad para conciliar el sueño por sus miedos», reclamaba la presencia del educador «e incluso le pedía que le hiciera una masaje pues confiaba en el mismo, procediendo él a masajearle en la zona del cuello y la espalda». «Una vez creía que se hallaba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba con ella fingiendo la menor dormir ante la vergüenza que le producía dicha situación».

La defensa de Icardi, que siempre se ha declarado inocente, solicitaba su absolución o una segunda repetición del juicio con un tribunal distinto al de las dos ocasiones anteriores, pues consideraba que su criterio ya estaba condicionado cuando aparecieron los informes que ponían en duda la versión de la menor. Pedía también que la víctima declarara de nuevo. En caso de confirmarse la pena, el encausado planteaba que se disminuyera el tiempo en prisión por los retrasos que ha padecido el procedimiento -bajo la atenuante de dilaciones indebidas- y la reparación del daño a través de la indemnización consignada de 6.000 euros.

A principios de 2023, tras la entrada en vigor de la ley del 'sí es sí', el condenado rechazó adaptar el recurso de casación presentado ante el Supremo al entender que esta nueva norma no le beneficiaba, pues la pena por abuso sexual a menor de 16 años sin acceso carnal no había sido modificada en esa polémica reforma legal.