Un informe de los letrados del Congreso duda de la constitucionalidad de la ley de amnistía
Según este informe, adelantado por La Vanguardia, la afirmación de que la amnistía de 1977 formó parte “del pacto constitucional” de 1978 —una afirmación defendida en la proposición de ley del PSOE— no es suficiente para deducir “que la amnistía como figura jurídica esté permitida por la Constitución, abierta al ámbito de decisión del legislador”. “La iniciativa contenida en la presente proposición plantea dudas de que pueda tener cabida en la Constitución, de manera que debiera ser articulada a través del procedimiento de reforma constitucional”, aseveran los letrados. Y dan tres razones para dudar de esa constitucionalidad: que la amnistía no está “contemplada entre las competencias de las Cortes Generales descritas en el artículo 66.2 ni atribuida a las mismas por ningún otro artículo de la Constitución”; que la Ley Fundamental “desautoriza expresamente los indultos generales”; y que durante los debates constitucionales de 1978 fueron rechazadas precisamente “dos enmiendas (número 504 al entonces artículo 58, hoy artículo 66, y número 744 proponiendo un artículo nuevo)” que pedían recoger en la Constitución la posibilidad de conceder amnistías.