ABC ha tenido acceso a la sentencia, por la que se absolvió al sujeto y a ella se le retiraron las medidas de protección, pese a que la Policía Nacional había catalogado el caso de alto riesgo.
El juicio rápido tuvo lugar el 30 de octubre de ese año y el fallo es del 1 de diciembre de 2022. En la resolución del juzgado de lo Penal número 37 de Madrid, que confirma a la inicial, se detalla que la Fiscalía calificó los hechos como un delito de lesiones en el ámbito familiar. Solicitaba un año de cárcel y una orden de alejamiento de 500 metros.
Jhoel Antonio S. A., de 26 años en la actualidad, carecía de antecedentes penales en aquel momento y mantuvo una discusión con Tatiana Beatriz A. T., de 25, cuando residían en la Vía Lusitana de Madrid (Carabanchel). El acusado habló de que eran pareja sentimental y que el 6 de septiembre de 2020 mantuvieron una discusión por los gastos de la casa, según el relato de hechos. Alegó que ni la insultó ni golpeó. «Si ella presentó un parte de lesiones fue porque se las hubiese hecho porque trabajaba repartiendo cajas», dijo él.
Tatiana Beatriz dijo en el juicio que, «como había pasado mucho tiempo no recordaba lo que sucedió, sólo que tuvieron una discusión». Está claro que habían rehecho la relación o que tenía miedo, a tenor de cómo ha terminado todo. Reconoció que había denunciado a su pareja y que fue vista por el forense, pero que no recordaba haber sufrido lesiones. Además, no reclamó indemnización.
El parte médico del hospital de Torrejón de Ardoz, se especificaba que la mujer presentaba una contractura cervical y un hematoma en el brazo derecho, que tardaron en sanar siete días. Pero si bien en la fase de instrucción dijo que habían sido por la paliza, ahora se retractaba de ello, insistió, porque no se acordaba.
En cuanto al policía que actuó, tampoco supo más que lo que el acusado le había manifestado, que habían tenido una discusión. Además, carecían de más testigos, por lo que el sujeto fue absuelto.