Sumar critica la limitación a la intervención pública que propone la Ley de Suelo
Sumar evidencia su desacuerdo con la reforma de la Ley de Suelo que aprueba este martes el Consejo de Ministros. El socio minoritario de la coalición considera que el anteproyecto limita de manera “innecesaria” la capacidad de intervención de la administración pública en materia urbanística y critica el recorte de los motivos de nulidad total de los proyectos, según el contenido del texto al que ha tenido acceso EL PAÍS. La formación de Yolanda Díaz ya había trasladado sus objeciones al Ministerio de Transportes, en manos del PSOE, y ahora lo hace en el seno del Consejo a través de una observación formal, lo que no impide que la norma salga adelante. El grupo parlamentario de Sumar tratará de corregir las deficiencias a través de enmiendas en el trámite parlamentario. La norma, que tampoco satisface a otros grupos de la izquierda como Podemos, obliga al Ejecutivo a negociar con el bloque de investidura o a buscar apoyos en la derecha una vez llegue al Congreso.
En su escrito, Sumar sostiene que el texto “no responde adecuadamente” al objetivo de reforzar la seguridad jurídica en el ámbito de la planificación urbanística. “La regulación de las nulidades y anulabilidades prevista en el artículo 55, y más en concreto el régimen de retroacción de algunos vicios formales, pueden dar lugar a la convalidación de irregularidades urbanísticas y es, por tanto, muy cuestionable y debería permanecer inalterado”, señala el documento.
“Es además especialmente criticable la innecesaria limitación introducida a la acción pública en los artículos 5 y 62 de la Ley del suelo”, prosigue. “No se comparte la necesidad de superar la acción pública en materia urbanística por el hecho de que siga sin modificarse desde 1956 y en alguna ocasión se haya podido utilizar con fines espurios”. La formación izquierdista defiende que, por el contrario, en “incontables ocasiones” la acción pública ha servido para paralizar planes “sobredimensionados y de gran impacto social y medioambiental”, que “desatendían” la protección del litoral, del dominio público hidráulico o de los espacios protegidos al omitir o ignorar informes sectoriales llamados a asegurar la protección ambiental. Por ello, Sumar afirma que no comparte “la necesidad de restringir el acceso a la acción pública” y considera más adecuado mantenerla tal y como está ahora, sin limitar la posibilidad que tiene la ciudadanía de exigir la expulsión del ordenamiento jurídico de planes urbanísticos ilegales en defensa de los intereses generales.
No obstante, los analistas consideran que esta acción popular deja la puerta abierta a que cualquier organización tumbe proyectos urbanísticos sin demostrar una afectación directa. “La acción pública está totalmente reconocida en materia medioambiental por normativa europea, pero que esto se traslade por completo al urbanismo, abre la conflictividad judicial”, precisa Jorge Hervás Más, profesor del departamento de urbanismo de la Universidad Politécnica de Valencia. De acuerdo con él, solo modificando el artículo se garantizará que los demandantes estén actuando de buena fe y sin intereses espurios.
Hervás también duda de que la modificación del artículo 55 pueda dar lugar a “irregularidades urbanísticas”, tal como teme Sumar. “El cambio de la norma evita que un defecto de forma tire a la basura años de trabajo, pero en ningún caso son problemas de contenido. Lo que nace viciado va a seguir así hasta el final, pero en estos casos hay que ser conscientes de que cualquier desarrollo urbanístico contiene cientos de informes sectoriales y es posible que alguno esté mal”, agrega.
En cualquier caso, un defecto de forma nada tiene que ver con las irregularidades legales o medioambientales por las que una obra debe anularse. Como el complejo turístico de lujo que se alzó en el embalse de Valdecañas, en Cáceres. Tras 14 años de litigios entre ecologistas, la Junta de Extremadura y los propietarios, el Tribunal Supremo acordó que se debía derrumbar en su totalidad. De acuerdo con el analista, esto seguirá siendo así con el cambio de la norma. “No es que se vayan a legalizar obras clandestinas o sentencias dictadas de demolición, hablamos solo de cuestiones técnicas”.
La formación de Díaz plantea igualmente que se conserven los plazos actuales para la impugnación indirecta de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística. Una petición que choca con las demandas del sector inmobiliario, que desde hace años demanda una gestión más eficaz a fin de evitar la paralización de años en los proyectos.