Dani Alves, condenado a cuatro años y medio de cárcel por la violación a una joven en una discoteca
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La Audiencia de Barcelona ha condenado a Dani Alves a cuatro años y medio de prisión como responsable de la agresión sexual a una joven de 23 años en los lavabos de un reservado de la discoteca Sutton, en Barcelona. Los magistrados de la Sección 21ª dan credibilidad al relato de la víctima sobre los hechos y consideran probado que el exjugador del FC Barcelona la penetró vaginalmente sin su consentimiento. La víctima de la violación ha recibido la noticia de la sentencia condenatoria, que no es firme y puede ser recurrida, en el despacho de su abogada, Ester García.
La Fiscalía pedía inicialmente nueve años de cárcel, que la acusación particular, en nombre de la víctima, elevaba a 12. El tribunal, sin embargo, ha apreciado una circunstancia atenuante que ha servido a Alves para ver rebajada la pena de prisión: reparación del daño, ya que abonó los 150.000 euros de indemnización que solicitaba la Fiscalía. Además de los cuatro años y medio -de los que ya ha cumplido un año y un mes en prisión preventiva-, la sentencia le impone una pena de libertad vigilada de cinco años, que se aplicará una vez cumplida la pena de prisión. También le prohíbe acercarse a menos de un kilómetro del domicilio o el lugar de trabajo de la víctima y le condena al pago de los 150.000 euros por los daños morales y las lesiones causadas a la joven.
El tribunal considera probado el relato de la víctima sobre lo ocurrido en los lavabos del reservado de Sutton. Alves “cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir”. Los magistrados entienden que con ello “se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia y acceso carnal”. La joven no presentaba lesiones vaginales ni de otro tipo (salvo un hematoma en las rodillas), pero la sentencia recuerda que “para la existencia de agresión sexual no es preciso que se produzcan lesiones físicas, ni que conste una heroica oposición de la víctima a mantener relaciones sexuales”.
“El consentimiento puede ser revocado”
El tribunal desarrolla una extensa argumentación a propósito del consentimiento, un asunto que está en el epicentro del caso Alves y que lo ha convertido en la primera gran causa penal tras la aprobación de la ley del solo sí es sí. “El consentimiento no solamente puede ser revocado en cualquier momento, sino que también es preciso que se preste el consentimiento para cada una de las variedades sexuales dentro de un encuentro sexual”. “No consta”, agrega la sentencia, que la víctima “prestase su consentimiento” para esa práctica; más aún, considera probado que Alves “sometió la voluntad de la víctima con uso de la violencia”.
La resolución ha llegado apenas dos semanas después de la última sesión del juicio, que se celebró entre el 5 y el 7 de febrero. Aunque en los casos con presos preventivos (como Alves) las sentencias suelen dictarse con rapidez, se trata de un plazo muy breve, pero no inusual para la Sección 21ª. Durante la última apertura del año judicial en Cataluña, sus magistrados fueron condecorados por haber reducido el enorme retraso en las causas que acumulaba esa sección.
La vista oral se celebró en medio de una gran expectación y solo pudo seguirse a medias por las restricciones que impuso el tribunal para proteger a la víctima. No pudieron verse, por ejemplo, las imágenes de las cámaras de seguridad de Sutton de la zona del reservado, que según Alves no se corresponden con lo relatado por la víctima. El jugador defendió su inocencia y trató de laminar la credibilidad de la joven pese a que la suya andaba ya en unos niveles muy escasos.
Las contradicciones del futbolista
El 20 de enero de 2023, Alves, tras un viaje a España para acompañar a su mujer, Joana Sanz, fue detenido por los Mossos d’Esquadra y llevado a declarar ante la jueza de instrucción. Allí ofreció hasta tres versiones distintas de lo ocurrido en el lavabo del reservado de Sutton: primero dijo que no conocía a la chica, después que no pasó nada entre ellos y finalmente que la joven se le “abalanzó” en el baño para practicarle una felación. Esas contradicciones pesaron en la decisión de que ingresara en prisión provisional, y solo en abril, cuando intentaba a toda costa eludir la cárcel por medidas menos severas, admitió que había habido penetración.
Desde entonces hubo dos versiones en la causa, que son las que se pudieron escuchar en el juicio. La víctima mantiene que Alves la trató con violencia en el baño —incluyendo bofetadas e insultos— y la penetró sin su consentimiento hasta eyacular. Su declaración fue a puerta cerrada por orden del tribunal para proteger su intimidad. El exfutbolista del FC Barcelona, en cambio, sostuvo que ambos tuvieron una relación sexual con pleno consentimiento de las dos partes: “En ningún momento me dijo que parara, estábamos los dos disfrutando y nada más”, dijo en su declaración.
La Fiscalía solicitaba nueve años de cárcel para Alves por un delito de agresión sexual, tres menos que la acusación particular. El futbolista brasileño, en cambio, pidió la absolución. Su abogada, Inés Guardiola, planteó como alternativa, para el caso de que no creyesen en su inocencia, una rebaja de la pena con la aplicación de dos atenuantes: reparación del daño (por haber abonado los 150.000 euros de indemnización que solicitaba la Fiscalía) y estado de embriaguez, por la ingesta de bebidas alcohólicas la noche de los hechos, el 31 de diciembre de 2022.
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