El Supremo confirma la condena al exmarido de Mónica Oltra por abusos sexuales a una menor
El Tribunal Supremo ha confirmado este martes la condena de cinco años de prisión que la Audiencia Provincial de Valencia impuso a Luis Eduardo Ramírez Incardi, exmarido de la exvicepresidenta y exconsellera de Igualdad del Gobierno valenciano en la anterior legislatura, Mónica Oltra, por abusar sexualmente de una menor tutelada en un centro de menores de Valencia. Así lo ha decidido la Sala de lo Penal tras deliberar sobre el recurso presentado por Ramírez Incardi contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que confirmó la dictada por la Audiencia Provincial y consideró al exmarido de Oltra, educador de un centro religioso de acogida, autor de un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a una menor de 16. El tribunal ha adelantado este martes el fallo, pero la sentencia íntegra, con sus fundamentos jurídicos, se conocerá en los próximos días. La decisión ha sido adoptada por unanimidad por los cinco magistrados que formaban el tribunal (Juan Ramón Berdugo (presidente), Ana Ferrer (ponente), Pablo Llarena, Vicente Magro y Ángel Hurtado).
Los hechos por los que se juzgó a Ramírez Incardi ocurrieron entre finales de 2016 y principios 2017, cuando la menor tutelada por la Administración autonómica tenía 14 años. La sentencia considera probado que la joven, nacida el día 28 de mayo de 2002, residía, tras ser declarada en desamparo, en el centro de menores donde trabajaba el marido de la exvicepresidenta valenciana. Según el relato recogido en la sentencia, la chica era castigada frecuentemente a dormir en una habitación separada por su mal comportamiento y esta situación fue aprovechada por Ramírez Incardi para cometer los abusos. “En fechas que no se han concretado, pero entre dos y diez ocasiones, el reo, que desempeñaba el turno de noche en aquella época, acudía a la habitación de la menor, que le llamaba porque tenía dificultades para conciliar el sueño por sus miedos y le pedía que le hiciera un masaje, pues confiaba en el mismo”, añaden los hechos probados. El condenado masajeaba a la chica “en la zona del cuello y la espalda y, una vez creía que se hallaba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba con ella, fingiendo la menor dormir ante la vergüenza que le producía dicha situación”.
La Audiencia dictó una primera sentencia en 2019, pero el TSJ la anuló parcialmente por no tenerse en cuenta unos informes que ponían en duda la credibilidad de la víctima. El tribunal autonómico ordenó repetir el juicio y la Audiencia, tras la nueva vista, mantuvo la misma pena de cinco años, ahora confirmada por el Supremo. Durante el proceso, la Fiscalía reprochó a la Consejería de Igualdad que silenciara durante cuatro meses la denuncia de la chica. Oltra, distanciada de su marido en el momento de los hechos juzgados, siempre defendió que la consejería actuó siguiendo el protocolo de estos casos. No obstante, se mostró partidaria de mejorar y acelerar el procedimiento y remitió “una instrucción a todos los centros en la que se ordenó informar inmediatamente a Fiscalía de Menores y a la dirección territorial ante cualquier sospecha”. El caso acabó de todas formas costando el cargo a la vicepresidenta de la Generalitat, que dimitió en junio de 2022, cinco días después de ser imputada por el presunto encubrimiento del abuso a la menor tutelada por parte de su exmarido.