«La ley impide recalificar un suelo forestal a urbano hasta 30 años después de un incendio»
¿Es posible? Sólo el tiempo lo dirá, pero desde el Colegio Oficial de Ingenieros de Montes aseguran que la ley es muy restrictiva con las calificaciones, que existen numerosas salvaguardas para impedir dar un pelotazo urbanístico tras quemar la tierra. Miguel Cueto señala que los mecanismos son suficientes para la disuasión.
-Es muy recurrente el comentario de que detrás de los incendios, los provocados, radican intereses económicos. Esa estrategia de quemar el campo para recalificar terrenos y levantar chalets en urbanizaciones de lujo, ¿qué hay de cierto en ello?
-Un terreno puede ser rústico, agrícola o forestal. En el terreno forestal sí que ha habido una legislación nacional en la que hay una restricción de recalificación de usos durante 30 años para terrenos que se incendian. Incluso una restricción no solo para la propagación, sino para la venta de la madera quemada, pues hubo unos años en que se especulaba con que se quemaba la madera para se cortara con más facilidad y valiera menos. Eso está desfasado.
Luego, cada comunidad autónoma tiene competencias, con su propia ley de Montes, que desarrolla estos aspectos. Ya se está redactando y está a punto de salir una nueva ley (la LEMA) que es incluso más restrictiva, y debe estar lista para entrar en vigor antes del próximo verano.
-Entonces, ¿hay que esperar 30 años para poder empezar a construir en ese terreno? Demasiado tiempo como para querer especular con ello, para hacer negocio.
-Pasar un terreno forestal a urbano, dentro de los planes urbanísticos, no es nada sencillo. Debe pasar por un informe favorable del Servicio Forestal de la provincia, tiene que aprobarlo el Consejo de Gobierno, y existen muchas salvaguardas. Ha de estar muy fundamentado. Por ejemplo, al lado de Roche (Conil), en el Colorado, hay una zona que ha perdido carácter forestar. Tiene un colegio, una zona de bomberos, entonces se acepta esa recalificación.
-¿Cree que el pirómano que quema esos montes tiene una intención urbanística o es absurdo pensar eso?
-Puede haber de todo, pero tras cada incendio hay una investigación de causas. Al final de cada campaña, tenemos los que han sido intencionados, y son por descuidos, imprudencias, quema de pasto... Yo no recuerdo que haya salido en los últimos años un motivo urbanístico. Esos 30 años de espera son un parámetro suficientemente largo para disuadir.
-¿Hay excepciones?
Sí, hay matices. Excepciones con su cierta lógica, por un interés general. Por ejemplo, la necesidad de que una carretera pase por ese terreno, y por tanto se convierte en un terreno para servicios. ¿Ya si se quema tiene que esperar 30 años? Además, se tiene que aprobar en el Consejo de Gobierno, no lo aprueba un delegado o un jefe de servicio, sino el presidente de la Comunidad y los consejeros. Tiene una salvaguarda.
-¿Era habitual hacer esa maniobra antes de la ley del 92?
-No se si recurrente, pero si se hizo esa ley restrictiva, debía darse. Aún así, por estadísticas, no era una generalidad. Fue una medida disuasoria porque había constancia de que se había producido alguna vez, pero no era general.