La juez de la dana vuelve a rechazar citar a Mazón como testigo al no haber asumido el mando de la crisis

Toni Jiménez

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La juez que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre ha vuelto a rechazar que se cite a declarar como testigo al presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón. La magistrada reitera que, por su condición de aforado, sólo podría declarar como investigado de forma voluntaria «a la vista de las querellas, denuncias que se han formulado contra el mismo en relación con los hechos objeto de la investigación». Recuerda, además, que su ofrecimiento de declarar voluntariamente y con todas las garantías legales «ha sido declinado» por el barón del PP.

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, que ha dictado seis autos y una providencia notificados este lunes, deniega así la solicitud de una acusación particular y de un denunciante.

Al respecto, argumenta que la normativa autonómica permitía a Mazón declarar la situación de emergencia catastrófica y asumir el mando único de la crisis, algo que no ocurrió. «Las preguntas que pudieran formularse al President de la Generalitat versarían sobre el análisis de la omisión de la declaración de situación de emergencia catastrófica. Nunca se declaró dicha situación, lo que difícilmente tendría encaje en una declaración testifical, y desplazaría su posición procesal a la propia de un investigado», asevera en uno de los escritos.

El mando único y la dirección de los planes de protección civil, señala, correspondía según la legislación al departamento competente en esta materia. Es decir, a la Conselleria de Justicia e Interior encabezada por la entonces consellera Salomé Pradas y el ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso. Ambos, cesados en noviembre, declaran como imputados el 11 de abril.

La atribución de las funciones de protección civil a la Administración autonómica, «y, por ende, a los cargos y autoridades que ejercían sus funciones, los convierte en garantes de que no se produjeran los fallecimientos referidos». De ahí que la juez sí los investigue a ellos en una causa penal abierta por presuntos delitos de homicidio y lesiones por imprudencia.

La instructora también desestima la práctica de un reconocimiento aéreo de las zonas afectadas, así como tomar declaración en este momento procesal responsables de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), de alcaldes y de concejales con competencias en emergencias y protección civil. La magistrada señala que resolverá sobre esa cuestión «a la vista de las declaraciones de víctimas y familiares».

Respecto a la solicitud de declaración testifical de todos los que participaron, presencial o telemáticamente, en las reuniones del Cecopi, señala la imposibilidad en estos momentos de establecer «una programación de todos los señalamientos» ante la falta de un espacio concreto y estable para practicar las declaraciones en la Ciudad de la Justicia de Valencia. Sí que acuerda recibir declaración de dos peritos el próximo 9 de mayo.

En un segundo auto inadmite la práctica de diversas diligencias solicitadas por la acusación popular de Acció Cultural del País Valencià, como la identificación de números de teléfonos utilizados por los dos investigados -Pradas y Argüeso- y los datos de llamadas de todos los teléfonos móviles de la Generalitat, ya que afectan al secreto de las comunicaciones que «solo puede llevarse a cabo con fundamento en la presunta comisión de delitos dolosos».

La magistrada ha desestimado en un tercer auto el recurso de reforma de Liberum contra el auto que admitía la personación del PSOE como acusación popular previa prestación de fianza de 6.000 euros.

En esta misma línea, en un cuarto auto sí ha admitido la personación como acusación popular de un partido político denominado Valores previa consignación de una fianza por el mismo importe que han abonado el resto de acusaciones populares, 6.000 euros.

El quinto de los autos notificados hoy emplaza a la representación legal de un particular a manifestar si este último es familiar de alguno de los fallecidos o lesionados por la Dana para admitir su personación como acusación particular, al tiempo que admite una prueba aportada en su escrito relativa a la suspensión de un acto de entrega de premios el 29 de octubre del pasado año.

Por último, en un sexto auto, a petición de una acusación particular, acuerda oficiar a la Generalitat para que le remita datos relativos al embalse y la presa de Buseo. Finalmente, en una providencia, la magistrada ordena recabar informes forenses sobre lesiones, daños morales y secuelas psicológicas de diversos lesionados y familiares de fallecidos, y acuerda la citación de un testigo en una de las piezas de los fallecimientos

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