Estos son los requisitos que debes cumplir para solicitar el Ingreso Mínimo Vital si tienes más de 30 años>

Para poder acceder a esta restación hay que cumplir determinados requisitos con carácter general para ver garantizado ese nivel mínimo de renta.

  • Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, salvo excepciones (los menores incorporados a la unidad de convivencia, las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual y las mujeres víctimas de violencia de género)

  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo cual se acredita teniendo en consideración el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas

  • Que la unidad de convivencia esté formada, al menos, desde hace seis meses

Sin embargo, como informa la Seguridad Social existen también otros criterios en función de las circunstancias familiares o la unidad de convivencia a la que pertenece cada persona.

Además, hay casos en los que se puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital aún no formando parte de una unidad de convivencia. En general, se deben cumplir unos requisitos de independencia.

Por ejemplo, las personas entre 22 y 29 años tienen que haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores a la solicitud, salvo que hayan abandonado el domicilio habitual por ser víctimas de violencia de género o hayan iniciado trámites de separación o divorcio. ¿Pero qué ocurre en el caso de los mayores de 30?

Los requisios para pedir el IMV si se es mayor de 30 años

Además, de los requisitos generales, las personas a partir de 30 años también deben «acreditar que, durante el año inmediatamente anterior a dicha fecha, su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores», informa la Seguridad Social.

La cuantía del Ingreso Mínimo Vital

Como informa el Gobierno, la cuantía de esta prestación es «la diferencia entre la renta garantizada, fijada por ley, y otros ingresos que los beneficiarios puedan tener» y sólo se puede acceder si los ingresos son inferiores a la renta garantizada.

De esta manera, para un beneficiario individual, la renta garantizada es de 7.250,52 euros al año, o 604,21 euros al mes dividido a 12 pagas. Además, estas cuantías se incrementa en función de las circunstancias de las unidades de convivencia.

  • Por internet, con certificado electrónico o Cl@ve, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social

  • Por internet, sin certificado electrónico o sistema cl@ve, mediante el formulario especialmente habilitado por la Seguridad Social. Tenga en cuenta que se le pedirá documentación para verificar su identidad, incluyendo una fotografía y una dirección de correo electrónico

  • Presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social

El plazo máximo para resolver esta solicitud es de seis meses, aunque si transcurrido dicho plazo no se hubiera recibido respuesta se entenderá denegada la solicitud por silencio administrativo.