El presidente del CGPJ replica a Sánchez que no puede quitar a este órgano la facultad de efectuar nombramientos

Choque institucional entre dos poderes del Estado al máximo nivel. El presidente del Consejo General del Poder Judicial, Vicente Guilarte, ha respondido este jueves al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que los nombramientos de magistrados de la cúpula judicial "deben persistir residenciados en el CGPJ por imperativo de la lógica constitucional más elemental asentada en el artículo 122.2 de la Constitución Española" y añade que "no es en ningún caso admisible propiciar cualquier zona de influencia del Gobierno, sea directamente o se enmascare a través de organismo o comisión interpuesta".

El artículo 122.2 de la Constitución establece que el Consejo tendrá funciones en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario de los integrantes del poder judicial.

Guilarte ha remitido este jueves a las presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado su propuesta actualizada de modificación del sistema de nombramiento de magistrados del Tribunal Supremo y de cargos gubernativos del Poder Judicial y de designación de los vocales del órgano de gobierno de los jueces.

En el documento, el máximo representante del CGPJ recuerda al jefe del Ejecutivo qe no puede olvidarse "cuál fue la finalidad del Constituyente a la hora de residenciar en el CGPJ", en referencia a preservar la independencia judicial.

Asimismo, Guilarte -al que le caracteriza su fina ironía- da la bienvenida a Sánchez al "círculo" de quienes creen que el problema radica en la fórmula de elección de los altos cargos judiciales y consideran necesario someterlos a los principios de mérito y capacidad, pero advierte de que no se puede despojar al Consejo de la función que le viene atribuida por la Constitución.

"No se puede aprovechar que el Pisuerga pasa por Valladolid -mi ciudad—para utilizar la objetividad en las designaciones como cimbel para el desapoderamiento del CGPJ", agrega.

En este sentido, recuerda que con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica del Poder Judicial los nombramientos se efectuaban por el Ministerio de Justicia y señala: "No tiene sentido alguno volver a épocas pasadas si bien con distintos protagonistas. Ante las dudas que pueden suscitar las palabras del presidente es imprescindible aclarar este extremo, pues la amenazante alternativa esbozada resultaría aterradora y directamente encaminada a evitar cualquier acuerdo".

La propuesta que el presidente del Poder Judicial envía al Parlamento consiste en lo siguiente: "Para ser plenamente consecuentes con el artículo 122.2 de la Constitución, podría establecerse que la Comisión hiciera una propuesta de nombramiento, necesariamente motivada, que sería elevada al Pleno del CGPJ y que este podría rechazar mediante acuerdo motivado. (...) De esta manera queda totalmente a salvo la indeclinable competencia del CGPJ para efectuar nombramientos y se obviaría la eventual crítica de "cooptación" de la alta magistratura".