El Supremo abre una causa penal a Puigdemont y a Wagensberg por delito de terrorismo en el ‘caso Tsunami’

El Tribunal Supremo investigará al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont por terrorismo en el caso Tsunami Democràtic, donde se investigan las protestas que siguieron, en octubre de 2019, a la sentencia del procés.  La Sala de lo Penal ha tomado la decisión por unanimidad, y en contra del criterio de la Fiscalía, tras analizar la exposición razonada enviada por el juez Manuel García-Castellón. La instructora del caso, designada por turno de reparto, será la magistrada Susana Polo. El tribunal asume también la investigación al diputado del Parlament catalán Rubén Wagensberg, también aforado, pero devuelve a la Audiencia Nacional a los otros 10 investigados, entre ellos la secretaria general de ERC, Marta Rovira. Respecto a Puigdemont y Wagensberg, los magistrados concluyen es “necesario y pertinente que sean llamados al procedimiento, a fin de ser oídos como investigados, con todos los derechos y garantías previstas en nuestro ordenamiento jurídico”.

El Supremo ha asumido la tesis de García-Castellón, que considera que los hechos atribuibles a Tsunami encajan en el delito de terrorismo. La Sala explica que para acreditar el delito de terrorismo callejero’ se exige que se ejecute alguna de las siguientes finalidades: subvertir el orden constitucional, alterar gravemente la paz pública, desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional o provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella. Para los magistrados, las conductas analizadas en el caso Tsunami encajan en los artículos 573 y 573 bis del Código Penal, que considera delito de terrorismo la comisión de un delito grave contra la integridad física o moral, o contra la libertad, llevado a cabo para alterar gravemente la paz pública, o para obligar a los poderes públicos a realizar determinada actuación. “Pues bien, en nuestro supuesto, se han cometido por los integrantes del movimiento TD [Tsunami Democràtic] los delitos graves contra la libertad, integridad física, de atentados, falsedades documentales, el patrimonio y otros”, subraya el tribunal.

[Noticia de última hora. Habrá actualización en breve.]

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