La Audiencia de Almería aparta a la jueza del Caso Mascarillas por su «amistad íntima» con los investigados

En su auto, la Audiencia recuerda que la jueza abstenida deberá dictar una resolución formal apartándose de manera definitiva del procedimiento, ordenar la remisión de las actuaciones al órgano que deba sustituirla y comunicar esta circunstancia a todas las partes personadas. En adelante, la instrucción del caso quedará bajo la responsabilidad de la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Almería.

El Caso Mascarillas investiga presuntas mordidas en la adjudicación de material sanitario durante la pandemia, así como su posible ramificación en contratos de obras públicas de la Diputación de Almería y del Ayuntamiento de Fines. La jueza López asumió inicialmente la causa tras su traslado desde Barcelona en 2022, aunque ha permanecido de baja durante un largo periodo por motivos médicos, con previsión de reincorporación este martes, 25 de noviembre, por recomendación facultativa.

Fuentes del TSJA confirmaron que la magistrada presentó formalmente su solicitud de abstención ante la Audiencia Provincial, que finalmente ha dado su visto bueno al considerar que concurre causa legal suficiente para su apartamiento.

Durante el tiempo en que se ha tramitado la abstención, la instrucción no ha quedado paralizada. Desde que se planteó la petición, el procedimiento pasó a estar en manos del juez de adscripción territorial (JAT), Eduardo Martínez Gamero. Fue este magistrado quien autorizó, mediante un auto de 66 páginas, los registros y detenciones practicadas el pasado 18 de noviembre por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

Las actuaciones se desarrollaron en un total de diez inmuebles, entre domicilios particulares, oficinas públicas y sedes sociales de empresas presuntamente implicadas. En el marco de la operación resultaron detenidos, entre otros, el expresidente de la Diputación de Almería, Javier Aureliano García, el exvicepresidente segundo de la institución, Fernando Giménez, el exalcalde de Fines, Rodrigo Sánchez; su hijo y un funcionario.

Desde distintos ámbitos se ha apuntado la existencia de una posible relación de parentesco lejana entre la magistrada y el expresidente de la Diputación, si bien el motivo formal esgrimido para la abstención ha sido la relación de amistad íntima con algunos de los investigados.

La Audiencia recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial contempla los mecanismos de abstención y recusación como garantías esenciales de la imparcialidad judicial. En este caso, ha sido la propia jueza quien ha solicitado apartarse de la causa al apreciar una de las causas legalmente previstas para ello.

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