Mete fuego en Doñana con un incendio de cuatro focos y se libra de la cárcel

El asunto queda de relieve en una sentencia emitida el pasado 16 de junio por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla, fruto de un acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía y la defensa del acusado, un varón de 70 años de edad a día de hoy nacido en Coria del Río, vecino de Isla Mayor y sin antecedentes penales.

En concreto, la sentencia declara probado, por expreso reconocimiento del acusado, que sobre las 15.35 horas del 16 de agosto de 2023, este varón identificado como José Carlos L.Q. se dirigió a la zona de Entremuros del término municipal de Aznalcázar, donde se sirvió de un mechero para prender fuego a matorrales y pasto «hasta en cuatro ocasiones distintas en diferentes lugares de las inmediaciones».

El relato de hechos probados aceptado por el encartado expone que como consecuencia de ello, las llamas afectaron a la zona de «Bomba Grande y otras, dentro de un espacio natural protegido conocido como Espacio Natural Doñana», conformado por el parque nacional y el parque natural de dicho entorno, uno de los espacios protegidos más importantes del territorio andaluz y la mayor reserva ecológica de Europa, por su biodiversidad única.

No en vano, este entorno forma parte de la Red Natura 2000 al estar catalogado como Zona Especial de Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), además de estar reconocido internacionalmente como Reserva de la Biosfera.

Su conservación como auténtica joya de la naturaleza constituye de hecho todo un debate público y político, a cuenta de amenazas como la sequía en el marco del cambio climático o la sobreexplotación de los acuíferos.

En ese marco, esta sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declara probado que el incendio ocasionado intencionadamente por el acusado «alcanzó una superficie de 31,14 hectáreas y afectó principalmente a matorral y pastizal», si bien no llegó a causar peligro para la integridad de las personas.

También precisa que los gastos y perjuicios causados a la Junta de Andalucía, responsable de la gestión del sector de este entorno abarcado por la figura del parque natural, ascendieron a la cantidad de 32.495 euros, incluidos los gastos de extinción del incendio, que se elevaron a 13.040 euros.

Y además, la sentencia condenatoria detalla que la misma tarde de los hechos, el encausado «reconoció espontáneamente ser el autor» del incendio ante dos miembros del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil, a quienes entregó el mechero usado para prender las llamas. Incluso «al día siguiente lo corroboró y se desplazó con funcionarios de la Guardia Civil a la zona del incendio, identificando los puntos donde prendió fuego», señala la Audiencia, agregando que el pasado 20 de mayo, el acusado consignó 1.000 euros en favor de la Junta de Andalucía, en concepto de indemnización.

Dado el caso, y con la plena conformidad del acusado, la Sección Tercera de la Audiencia le condena a dos años de prisión por un delito de incendio forestal con la atenuante confesión, toda vez que este tipo delictivo cuenta con una pena máxima imponible de cinco años de prisión.

Además, el tribunal le condena a pagar una multa de 1.440 euros, a abonar las costas del procedimiento judicial y a indemnizar a la Junta de Andalucía con 32.495 euros más los intereses legales, descontando eso sí los 1.000 euros ya pagados.

Pero tras ser declarada firme la condena, la defensa del inculpado solicitó la suspensión de la pena de cárcel, una petición concedida después de que la Fiscalía informase a favor de la misma.

Eso sí, esta suspensión de la pena de privación de libertad está sujeta a que el condenado no vuelva a delinquir durante un periodo de dos años y que en un plazo de tres años abone plenamente la indemnización estipulada en favor de la Junta de Andalucía.

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